La Comunidad Autónoma de Aragón aprueba los Planes Rectores de Uso y Gestión del Parque Natural de Los Valles Occidentales, del Parque Natural de Posets-Maladeta y del Parque Natural del Moncayo

AutorEva Blasco Hedo
CargoResponsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Páginas85-85
www.actualidadjuridicaambiental.com
85
Noticias
Publicado en Actualidad Jurídica Ambiental el 5 de diciembre de 2014
La Comunidad Autónoma de Aragón aprueba los Planes Rectores de Uso y Gestión
del Parque Natural de Los Valles Occidentales, del Parque Natural de Posets-
Maladeta y del Parque Natural del Moncayo
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro
Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente:
-Decreto 167/2014, de 21 de octubre, del Gobierno de Aragón, por el que aprueba el Plan
Rector de Uso y Gestión del Parque Natural de Los Valles Occidentales. (BOA núm. 215,
de 3 de noviembre de 2014)
-Decreto 168/2014, de 21 de octubre, del Gobierno de Aragón, por el que aprueba el Plan
Rector de Uso y Gestión del Parque Natural de Posets-Maladeta. (BOA núm. 215, de 3 de
noviembre de 2014)
-Decreto 177/2014, de 4 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que aprueba el
Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Natural del Moncayo. (BOA núm. 225, de 17 de
noviembre de 2014)
Temas Clave: Planificación; Parque Natural; Patrimonio Natural; Biodiversidad
Resumen:
Los citados Decretos tienen como objeto la aprobación de los Planes Rectores de Uso y
Gestión de tres Parques Naturales, como instrumentos básicos de planificación de la
gestión de los mismos, estableciendo la zonificación de los Espacios Naturales Protegidos,
detallando los diferentes usos permitidos y prohibidos; determinando las actuaciones de
gestión necesarias para la conservación y restauración de los ecosistemas y equilibrios
biológicos existentes; fijando las normas para el uso y gestión de los Parques Naturales
mediante el establecimiento de un régimen general de protección y de un régimen de
prohibiciones y limitaciones de actividades; y regulando y promoviendo la coordinación
administrativa entre los órganos administrativos implicados.
El contenido de estas normas será de aplicación a todo el territorio definido como Espacio
Natural Protegido más su Zona Periférica de Protección. La zonificación del ámbito de los
Parques Naturales y de su Zona Periférica de Protección a efectos de uso público, se
establece en el anexo I de cada norma.
Documento adjunto: ; ;

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