La tributación y las tecnologías de la información y las comunicaciones en venezuela: Paradigma de futuro

AutorMiguel Arrieta Zinguer
CargoProfesor de Derecho Mercantil y Derecho de las Tecnologías de la Información. Universidad Católica del Táchira
  1. Introducción

    La masificación del uso de las Tecnologías de la Información y las comunicaciones (TIC), ha impactado decididamente los más diversos aspectos de nuestra vida, a tal punto que en la actualidad resulta prácticamente imposible concebir alguna actividad humana, sin la intervención de la tecnología y especialmente de la informática.

    La tributación como manifestación necesaria para el funcionamiento de los Estados, no puede mantenerse al margen de la revolución tecnológica; por una parte los contribuyentes utilizan las TIC en sus operaciones ordinarias, y por la otra, la Administración Tributaria requiere contar con tecnologías similares para poder optimizar sus procesos administrativos, así como para facilitar su actividad de control sobre las actividades de contribuyentes y responsables.

    Uno de los fenómenos que ha determinado un mayor crecimiento e influencia desde el punto de vista de la utilización de las TIC, es el desarrollo y auge experimentado en los últimos años por el comercio electrónico, particularmente por el comercio electrónico en Internet. El comercio electrónico en Internet, permite no sólo actividad comercial entre empresas (modelo de negocios B2B) y la realización de operaciones entre empresas y consumidores (B2C), sino que posibilita la expansión y la realización de operaciones comerciales en el ámbito de la Administración Pública, vinculando las empresas y los consumidores con la Administración (B2A) y (C2A).

    La importancia ha cobrado el uso de las tecnologías de la información en las operaciones públicas, es tal que ha generado lo que actualmente se denomina e-government[1], concepto que cobra especial relevancia para países como Venezuela. Al respecto, Obal,[2] opina que: ...los países en vías de desarrollo necesitan adquirir habilidades que les permitan, mediante adecuadas estrategias en el uso de los recursos informativos del sector público, reducir la incertidumbre, ser formadores de conocimiento y cultura, con el objetivo de democratizar y producir cambios socialmente relevantes.

    La implementación de las estrategias de e-government ha cobrado gran importancia en Venezuela, donde se han puesto en marcha algunas iniciativas gubernamentales interesantes, que han tenido resultados desiguales.[3] No obstante lo anterior, el gobierno venezolano ha destacado la importancia de la implementación de las estrategias de gobierno electrónico, así tenemos el Decreto 825 que declara a Internet como un elemento prioritario para el desarrollo nacional[4] y el Plan Nacional de Telecomunicaciones (2000), que prevé que para el año 2005, el 50% de las operaciones que realicen los ciudadanos venezolanos con la Administración Pública, se realicen por vía electrónica.

    La modernización, elemento fundamental en las Administraciones Públicas, implica necesariamente que en la actualidad, las estructuras organizacionales e internacionales implementen el uso activo de las TIC en el ámbito de los procedimientos administrativos y la tramitación de recursos[5].

    En Venezuela, en el año 2001 fue reformado el Código Orgánico Tributario (COT), incorporando toda una serie de innovaciones que reconocieron validez y eficacia a las operaciones realizadas por medios electrónicos. Dicha reforma se encuentra en consonancia con la Ley de Mensajes de Datos y Firmas Electrónicas (LMDFE)[6], que atribuye pleno valor al documento otorgado por vía electrónica.[7]

    En el marco de la relación existente entre tributación y nuevas tecnologías, resulta interesante determinar específicamente cuál es el tratamiento que el sistema tributario venezolano, suministra a la aplicación de los medios informáticos, con la finalidad de establecer su contenido e importancia. Para conseguir el objetivo planteado, se analizará la relación existente entre las TIC y la tributación; la aplicación de los medios electrónicos en el ámbito tributario; y las diversas disposiciones de carácter legal y sublegal que rigen la tributación y que disciplinan la aplicación de dichos medios.

    II. Relación entre las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones y la tributación

    El advenimiento y uso extendido de las TIC, ha planteado para las Administraciones Tributarias de los distintos países una serie de retos que resulta conveniente resaltar, toda vez que los contribuyentes en general, cuentan con herramientas tecnológicas actualizadas y manejan dentro de sus operaciones (comerciales, profesionales, etc.) recursos tecnológicos avanzados, dada la auténtica revolución que la masificación de dichas tecnologías representan en la actualidad[8].

    Este fenómeno ha determinado para las diversas Administraciones Tributarias la necesidad, por un lado, de actualizarse desde el punto de vista tecnológico, adquiriendo el hardware adecuado y desarrollando el software preciso que le permita estar a la altura de las nuevas realidades; por otro lado, la masificación del uso de herramientas tecnológicas tan poderosas como la Internet, representa un elemento que permite la agilización de los procesos internos, por una parte, y por la otra un medio para dinamizar y aproximar tales instituciones con los administrados, en este caso con contribuyentes y responsables, mejorando en todo caso la labor de gestión tributaria integral[9].

    Sobre este aspecto cabe citar a González Carrera, quien estima que ..la aparición de las nuevas tecnologías ha convulsionado el sistema tributario, sus principios, a quienes lo aplican, autoridades y contribuyentes, y a quienes lo estudian, con una virulencia insospechada y ello a pesar de que el sentir general existente en el ámbito fiscal con anterioridad a la aparición de Internet ya era el de la insuficiencia de los sistemas fiscales tradicionales ante la nueva realidad económica derivada de la creciente e imparable internacionalización de los agentes económicos, la concentración económica y la necesaria armonización o competencia de los sistemas fiscales [10].

    No obstante lo anterior, el autor citado considera que la relación entre tributación y nuevas tecnologías no es del todo positiva, ya que las operaciones de comercio electrónico en Internet constituyen una fuente de fraude a la Administración Tributaria y de desimposición[11], ya que, a pesar del importante crecimiento del comercio electrónico a nivel mundial, son sus características propias y distintivas[12], lo que ha puesto en crisis algunos conceptos tradicionales de la tributación en general, mas no por el hecho de que por sí, sea una actividad susceptible o propicia para actividades contrarias a los fines tributarios de los Estados. De modo que no es preciso considerar de antemano que las actividades de comercio electrónico en Internet se han establecido con el objeto de evadir controles tributarios (aunque en algunos casos, esta sea una de las consecuencias derivadas de la novedad de los medios utilizados y de la falta de regulación internacional sobre la materia), sino que por el contrario, son consecuencia de los fenómenos de masificación de los medios electrónicos y de su inevitable relación con las actividades de carácter mercantil.

    La automatización dentro de los procesos administrativos en general ha planteado toda una serie de nuevos retos que las administraciones públicas deben afrontar, tales como la creación de nuevos paradigmas y procesos más ágiles y cercanos a los administrados. En el campo específico de la Administración Tributaria, la denominada gestión tributaria electrónica sin duda ha incidido positivamente en la consecución de procesos administrativos más eficientes para la realización de las tareas propias de la gestión tributaria.[13]

    Es innegable que la aplicación de medios electrónicos, informáticos, y telemáticos facilita a la Administración Tributaria la realización de sus actividades de control y gestión de una manera mucho más eficiente y efectiva[14], colocando a los contribuyentes y responsables mucho más cerca de la Administración, a la vez que permite el uso eficientemente de los recursos humanos y materiales que son, por lo general escasos, en una gestión tributaria adecuada. Sobre este aspecto, Linares Gil considera que la ...reconversión de la Administración y la progresiva construcción de una Administración Tributaria electrónica, permite que sociedad y poder público hablen un mismo lenguaje, que la Administración intervenga en los flujos de información que sea preciso para gestionar los tributos en el nuevo entorno y que pueda manejar y controlar la información. [15] Internet constituye un medio para determinar ciertos hechos imponibles tradicionalmente contemplados por los diversos sistemas tributarios particulares, en condiciones distintas a las que se llevan a cabo en las operaciones off line.

    No obstante, la implementación de medios electrónicos a los procesos tributarios no debe en ningún caso darse en desmedro de las garantías que los ciudadanos poseen en su relación con la administración tributaria, y sobre todo se debe salvaguardar la garantía de lo que Linares Gil, denomina la: ...constancia documental e indeleble de los procedimientos tramitados. [16] Vale decir, el hecho de que los trámites y actuaciones que realicen tanto los órganos de la administración, como los contribuyentes y responsables estén adecuadamente documentados.

    Como puede apreciarse, la aplicación de las TIC en el ámbito de la tributación, plantea toda una serie de nuevas y resaltantes expectativas que determinan un nuevo rumbo desde el punto de vista de la gestión tributaria. A continuación se analizarán algunas de las principales disposiciones que acerca de la aplicación de dichos medios se origina en el ámbito tributario, existen en la legislación venezolana.

  2. La aplicación de medios electrónicos en el régimen jurídico tributario venezolano

    El uso de las TIC ha venido impactando lenta pero significativamente el ordenamiento jurídico tributario venezolano, en el derogado COT de 1994 se hablaba por ejemplo de la necesidad de conservar, no...

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