Compra con subrogación de hipoteca incompleta. Nota de despacho

Páginas52-53

Resumen: El recurso ante la DGRN sólo cabe en caso de calificaciones negativas, debiendo ser la calificación del Registrador global y fundamentada.

Hechos: se presenta a inscripción escritura de compraventa de una finca urbana por el precio de 65.000 euros que son retenidos en su integridad por los compradores «para hacer frente al principal del préstamo hipotecario (…) que afecta a la vivienda, pendiente de amortizar, en el cual se subrogan solidariamente en toda su eficacia real, exonerando a la parte vendedora de toda responsabilidad por razón del crédito, asumiendo todas y cada una de las obligaciones contraídas en la escritura de préstamo con garantía hipotecaria». En la escritura calificada, el Notario autorizante añadió que: «Advierto expresamente que la subrogación de los adquirentes en la responsabilidad personal derivada del préstamo hipotecario, y la consiguiente liberación de doña N. S. F., sólo produce efecto frente a la entidad acreedora si es aceptada expresa o tácitamente por ésta».

El registrador practicó la inscripción en favor de los compradores, cónyuges (…), por título de compra, con arreglo a su régimen económico matrimonial, el cual no se acredita, y, según expresa el registrador, en su informe, inscribió el título en los términos recogidos en éste, tanto en cuanto a la compraventa como en la subrogación real en los términos en que se pactó expresamente en dicho documento.

La DGRN desestima el recurso y realiza las siguientes afirmaciones:

  1. El recurso ante la DGRN sólo cabe ante calificaciones negativas, totales o parciales (artículos 19 bis, 324 y ss LH).

  2. La calificación negativa del registrador no es...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR