Compra pública verde y circular: el largo (y lento) camino hacia una amplia aplicación práctica de la contratación estratégica

AutorJuan José Pernas García
Páginas873-914
OBSERVATORIO DE POLÍTICAS AMBIENTALES 2020
JUAN JOSÉ PERNAS GARCÍA, C .
873
XXXV
Compra pública verde y circular: el largo (y lento)
camino hacia una amplia aplicación práctica de la
contratación estratégica
JUAN JOSÉ PERNAS GARCÍA
SUMARIO: 1. INTRODUCCIÓN. 2. LA COMPRA VERDE EN LA NUEVA
ESTRATEGIA DE DESARROLLO SOCIOECONÓMICO
SOSTENIBLE DE LA UE (“PACTO VERDE EUROPEO”). 3. LA
ESTRATEGIA NACIONAL DE CONTRATACIÓN PÚBLICA Y LA
PLANIFICACIÓN DE LA COMPRA VERDE, EN EL MARCO DE LA
AGENDA 2030 Y EL CUMPLIMIENTO DE LOS OBJETIVOS DE
DESARROLLO SOSTENIBLE Y LA POLÍTICA DE ECONOMÍA
CIRCULAR. 3.1. La Estrategia Nacional de Contratación Pública y el
informe anual de seguimiento de la OIRESCON. 3.2. El Plan de
contratación pública ecológica de la AGE. 4. EL PAPEL DE LA
COMPRA PÚBLICA EN LA REALIZACIÓN DE LOS OBJETIVOS DE
LA PLANIFICACIÓN Y LA NORMATIVA SECTORIAL
AMBIENTAL (ECONOMÍA CIRCULAR Y EMERGENCIA
CLIMÁTICA, FUNDAMENTALMENTE). 4.1. Los objetivos de la
política de economía circular y su papel en el impulso de la compra
estratégica. 4.2. La presencia de la compra verde en la reciente normativa
sectorial ambiental. 5. LOS TRIBUNALES ADMINISTRATIVOS
CENTRALES DE RECURSOS CONTRACTUALES: ¿FUENTE DE
SEGURIDAD JURÍDICA O DE CONFUSIÓN EN LA UTILIZACIÓN
DE CRITERIOS O CLÁUSULAS AMBIENTALES? ANÁLISIS DE LA
RECIENTE DOCTRINA DEL TARC Y SU INJUSTIFICADO Y
GRAVE PERJUICIO AL USO ESTRATÉGICO DE LA COMPRA
PÚBLICA. 6. CONCLUSIONES.
OBSERVATORIO DE POLÍTICAS AMBIENTALES 2020
JUAN JOSÉ PERNAS GARCÍA, C .
874
RESUMEN: El artículo analiza las novedades de la contratación pública verde en el
año 2019, tanto en el plano estratégico político y de planificación
administrativa, como en el ámbito de la legislación sectorial ambiental.
Asimismo, dedica particular atención al análisis de la Resolución
235/2019 del Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales, que
define la doctrina del Tribunal en materia de uso estratégico de compra
pública verde.
ABSTRACT: The article analyses the developments of green public procurement in
2019, both at the political strategic and administrative planning level, as
well as in the field of environmental regulation. It also devotes particular
attention to the analysis of Resolution 235/2019 of the Administrative
Court for Public Procurement Appeals, which defines the Court's doctrine
on strategic use of green public procurement.
PALABRAS CLAVE: Contratación pública verde. Planificación administrativa.
Legislación ambiental. Tribunal Administrativo de Recursos
Contractuales.
KEYWORDS: Green public procurement. Administrative planning. Environmental
legislation. Administrative Court of Public Procurement Appeals.
INTRODUCCIÓN
1.1. LA COMPRA VERDE EN LA NUEVA ESTRATEGIA DE
DESARROLLO SOCIOECONÓMICO SOSTENIBLE DE LA
UE (“PACTO VERDE EUROPEO”)
El Pacto Verde Europeo (2019)1 es de una nueva estrategia de
crecimiento destinada a desarrollar, entre otras cuestiones, una economía
“eficiente en el uso de los recursos”, en la que no habrá, o al menos eso pretende
la Comisión, “emisiones netas de gases de efecto invernadero en 2050” y “el
crecimiento económico estará disociado del uso de los recursos”.
Con este objetivo, el Pacto plantea una serie de “políticas profundamente
transformadoras”, entre las que se encuentran las actuaciones destinadas a la
“movilización de la industria en pro de una economía limpia y circular”. El
Pacto propone impulsar el potencial de las estrategias de economía circular en
creación de puestos de trabajos nuevos y fomento de la competitividad europea,
con la aprobación de un nuevo plan sobre esta materia. Así, “uno de los
1 COM (2019) 640 final, Bruselas, 11 de noviembre de 2019.
OBSERVATORIO DE POLÍTICAS AMBIENTALES 2020
JUAN JOSÉ PERNAS GARCÍA, C .
875
objetivos esenciales del nuevo marco político será estimular el desarrollo de
mercados pioneros de productos climáticamente neutros y circulares”.
En este marco las autoridades públicas, indica el texto de la Comisión,
“deben predicar con el ejemplo y asegurar que sus procedimientos de
contratación respeten criterios ecológicos”. La Comisión “propondrá
legislación y orientaciones adicionales sobre contratación pública ecológica”2.
Esta declaración supone otra expresión más de la voluntad política comunitaria
de fomentar la contratación pública verde, que tuvo su máxima expresión en la
Directiva 2014/24, 26 de febrero, relativa a la contratación pública (cdos.
2,3,123).
Estas previsiones se concretan ligeramente en el Plan de Inversiones para
una Europa Sostenible (2020). La Comisión propondrá “criterios u objetivos
obligatorios mínimos en la contratación pública en iniciativas sectoriales,
fondos comunitarios o legislación sobre productos”, lo que supondrá, a juicio
de la Comisión, “establecer de facto una definición común de lo que es compra
verde”. Con esta finalidad propondrá “legislación adicional”. Esto enfoque no
es una novedad. La UE parece querer reimpulsar su estrategia de doble enfoque,
manifestada ya expresamente en la Directiva 2014/24 (véase cdo. 95),
desarrollando obligaciones de compra verde en su legislación sectorial, pero
manteniendo un régimen general de contratación pública, flexible y basado
fundamentalmente en la voluntariedad.
“Es de capital importancia aprovechar plenamente las posibilidades
que ofrece la contratación pública para alcanzar los objetivos de la
Estrategia Europa 2020. En este contexto, es preciso recordar que la
contratación pública es crucial para impulsar la innovación, que, a su vez, es
de gran importancia para el crecimiento futuro en Europa. Sin embargo, ante
las grandes diferencias existentes entre los distintos sectores y mercados, no
sería apropiado imponer a la contratación unos requisitos medioambientales,
sociales y de innovación de carácter general y obligatorio.
El legislador de la Unión ya ha establecido unos requisitos de
contratación obligatorios para la obtención de objetivos específicos en los
sectores de los vehículos de transporte por carretera (Directiva 2009/33/CE
del Parlamento Europeo y del Consejo1) y los equipos ofimáticos
(Reglamento (CE) nº 106/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo2). Por
otro lado, la definición de métodos comunes para el cálculo de los costes del
ciclo de vida ha progresado considerablemente.
Parece oportuno, por tanto, continuar en esta línea y dejar que sea la
legislación sectorial específica la que fije objetivos obligatorios en función de
las políticas y las condiciones particulares imperantes en el sector de que se
2 El Parlamento mostro su respaldo al planteamiento de la Comisión en la Resolución de
15 de enero de 2020 sobre el Pacto Verde Europeo, ap. 40.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR