Competencia jurisdiccional en Internet

AutorJavier Ribas
Cargo del AutorAbogado

7.12 Competencia jurisdiccional en Internet

Es creciente el número de procedimientos judiciales relativos a presuntos delitos que utilizan la red Internet como medio de comunicación. Los efectos transfronterizos de algunas de las actividades denunciadas obligan a determinar cuál debe ser la jurisdicción competente para enjuiciar los delitos que tienen origen en un país y causan sus efectos en otro.

En España, la Ley Orgánica del Poder Judicial establece en su artículo 23 que corresponderá a la jurisdicción española el conocimiento de las causas por delitos cometidos en territorio español.

La jurisprudencia del Tribunal Supremo define como delitos a distancia aquéllos en los que la actividad se realiza en un lugar y el resultado se consigue en otro distinto. A la hora de determinar el lugar de la comisión de estos delitos, se enfrentan las teorías de la manifestación de la voluntad y la del resultado, no dominando exclusivamente ninguna de ellas, pues siempre se debe atender a la condición, naturaleza y presupuestos de las infracciones criminales a que se aplica. Por ello, si se trata de delitos continuados, debe ser competente el Juez del lugar donde radique el centro de las actividades criminales y en el que se fraguaron los distintos delitos, y se cursaron órdenes y datos para su realización.

Existen otras sentencias que asignan la competencia jurisdiccional al Juez del lugar donde se produjo el resultado perjudicial del delito. Pero ambas corrientes jurisprudenciales apoyan la tesis de que la jurisdicción española es competente para enjuiciar los delitos planeados y organizados en España, por ciudadanos españoles, dirigidos al público español y cuyos resultados se producen también en nuestro país, a pesar de que los medios técnicos (p.e. el servidor) utilizados para promocionar la actividad infractora se hallen situados en un país extranjero.

El fenómeno de la aldea global generado por Internet provoca un efecto de disolución de fronteras que tiene sus consecuencias inmediatas en la determinación de la autoridad judicial competente en el caso de delitos transfronterizos.

Cualquier información introducida en la red está disponible de inmediato para cualquier ciudadano en cualquier país del mundo que esté conectado a Internet, pudiéndose dar la paradoja de que su contenido constituya un delito en unos países, y esté tolerado en otros.

Al mismo tiempo, se produce la coexistencia de actividades que provienen de países que no han ratificado...

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