Competencia

Páginas145-148

Esta sección ha sido coordinada por Alfonso Gutiérrez, y en su elaboración han participado Joaquín Hervada e Ignacio Pérez Palacios, del Grupo de Coordinación de Derecho de la Competencia y de la Unión Europea, Área de Procesal y Derecho Público de Uría Menéndez (Madrid).

Page 145

1. Jurisprudencia
Unión Europea
El sistema de licencias de derechos de emisión de partidos de fútbol de primera división de la liga inglesa es contrario a la libre prestación de servicios y a las normas de competencia

Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 4 de octubre de 2011 en los asuntos acumulados Football Association Premier League Ltd. y otros c. QC Leisure y otros; y Karen Murphy c. Media Protection Services Ltd. (as. acum. C-403/08 y C-429/08)

La organización de la liga inglesa de fútbol de primera división (Football Association Premier League) concedía licencias exclusivas para la retransmisión en directo de los partidos de fútbol que se limitaban al territorio de cada Estado en cuestión. Además, los licenciatarios se obligaban a impedir que sus tarjetas decodificadoras -que permiten la recepción de la emisión objeto de licencia- se utilizasen fuera del territorio asignado. El conflicto nace cuando algunos establecimientos de restauración comienzan a retransmitir en el Reino Unido partidos de fútbol de la liga inglesa gracias a suscripciones a servicios de canal satélite griegos.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea («TJUE») ha considerado que este sistema de licencias es contrario a las disposiciones del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea («TFUE») relativas a la libre prestación de servicios y a las normas de competencia.

En opinión del TJUE, el sistema constituye una práctica restrictiva de la libre prestación de servicios no justificable por el objetivo de proteger los derechos de propiedad intelectual ni por incentivar la presencia de público en los estadios de fútbol. Desde el punto de vista de la normativa de competencia, estos acuerdos tienen el mismo efecto de compartimentación del mercado nacional que las cláusulas que prohíben o limitan las importaciones y exportaciones paralelas y, por tanto, implican una protección territorial incompatible con el TFUE.

Véase el comentario a esta norma que se incluye en esta misma sección de «Crónica de Legislación y Jurisprudencia» (Propiedad Intelectual, Industrial y Competencia Desleal) de este mismo número de la Revista

España
La devolución de documentos con posterioridad a una inspección domiciliaria supone reconocer una extralimitación en la inspección

Sentencia de la Audiencia Nacional, Sala de lo Contencioso-Administrativo, de 26 de septiembre de 2011

A juicio de la Audiencia Nacional («AN...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR