Compatibilidad con el Ordenamiento Comunitario de las normas que gravan el cambio de residencia. Comentario a la sentencia del TJCE de 11 de marzo de 2004

AutorLuis Rodríguez-Ramos Ladaria
CargoCMS Albiñana & Suárez de Lezo

El Code Général des Impôts francés contiene en su artículo 167.bis una norma en virtud de la cual los contribuyentes que hayan tenido su domicilio fiscal en Francia durante al menos seis de los últimos diez años quedarán sujetos a imposición en la fecha en que trasladen su domicilio fuera de Francia sobre las plusvalías latentes de determinados valores mobiliarios.

El TJCE, en la sentencia objeto de este comentario, señala que la medida contenida en el Code Général des Impôts restringe la libertad de establecimiento por cuanto "el contribuyente que quiere trasladar su domicilio fuera del territorio francés en el marco del ejercicio del derecho que le garantiza el artículo 52 del Tratado, está sometido a un trato desfavorable en comparación con la persona que mantiene su residencia en Francia. Por el mero hecho de llevar a cabo dicho traslado, este contribuyente se convierte en deudor de un impuesto sobre un beneficio que aún no ha obtenido y del que, por tanto, todavía no dispone, mientras que si hubiera permanecido en Francia, las plusvalías sólo serían imponibles cuando y en la medida en que hubieran sido efectivamente realizadas. Esta diferencia de trato por lo que se refiere a la imposición de las plusvalías, que puede tener repercusiones considerables en el patrimonio del contribuyente que desee trasladar su domicilio fuera de Francia, puede disuadir a los contribuyentes de realizar dicho traslado".

El TJCE continúa con esta sentencia declarando la nulidad de medidas nacionales que limitan la libertad de establecimiento, lo que hace necesario considerar si, en caso de que se plantease, el Tribunal no anularía también, la norma contenida en el artículo 17 LIS, que sujeta a gravamen las plusvalías latentes de las entidades residentes en territorio español que trasladen su residencia fuera del mismo...

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