E-Commerce: La nueva realidad comercial

AutorFabiana Hebe Sánchez
CargoAyudante de Cátedra del Dr. Carlos Gerscovich en la materia Formas Modernas de Contratación, de la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires.
  1. INTRODUCCION

    La revolución tecnológica en general, el desarrollo de la informática, los constantes y extraordinarios avances de las telecomunicaciones, en particular, han determinado un profundo cambio en la forma de relacionarnos, nos hallamos transitando la era de la economía globalizada, de la economía de la “red”. La denominada autopista de la información, medio de comunicación democrático por excelencia, ya que garantiza el acceso casi universal al mundo de las comunicaciones, es la piedra de toque de una nueva realidad comercial.

    Si bien Internet es ahora una red abierta a innumerable cantidad de compañías, esto sucedió recién en la última década del siglo XX, ya que, como lo señala Fernando Gago, “Internet comenzó en los años setenta como una red del Departamento de Defensa de los Estados Unidos de Norteamérica, llamada Arpanet Advanced Research Proyect Agency”. El objetivo fue desarrollar un programa de investigación militar que permitiera, luego de un contrataque nuclear norteamericano, que la red siguiera funcionando.

    Realidad impensada pocos años atrás, actualmente gran cantidad de transacciones comerciales tienen su origen en la red de redes: es simple, barato y permite ofertar a clientes potenciales.

    Mención especial merece el e-mail o correo electrónico que efectúa el envío de mensajes, archivos, sonidos, imágenes, etc., siendo utilizado no sólo como correo interno entre corporaciones, sino que se ha constituído en la herramienta fundamental del comercio electrónico.

    En este sentido, el derecho no puede permanecer estático: debe abocarse entre otras cosas, al estudio de las nuevas formas de contratación que nos impone la realidad virtual de nuestros días.

    Internet ha determinado la modificación de principios jurídicos en el Derecho Comparado: ya sea tipificando nuevos delitos o buscando formas seguras para el desarrollo del comercio electrónico, baste como muestra, la legislación existente sobre Firma Digital.

    El objetivo del presente artículo es efectuar un breve análisis acerca de conceptos básicos relacionados con el comercio electrónico y sus implicancias en el mundo de los negocios actual. Utilizaremos, a lo largo del presente, los términos comercio electrónico e e-commerce, indistintamente.

  2. COMERCIO ELECTRÓNICO

    El término e-commerce proviene de la lengua inglesa, de la expresión “electronic commerce”.

    En general podemos conceptualizar al e-commerce , como el tráfico de información por medios electrónicos, esté vinculado o no con una operación de comercio. Siguiendo las palabras de Jordi Molas y Richard Hawkins diremos que “es el conjunto de relaciones electrónicas empresariales que implican la transmisión electrónica de datos comerciales o de productos en formato digital”.

    Por su parte Randall Whiting sostiene que “...son mercados globales electrónicos disponibles para todos los miembros de la cadena de valor para interactuar espontáneamente en mutuo beneficio...los clientes incrementan su poder en el proceso de compra más efectivamente, accediendo a información más completa y personalizada.”

    En síntesis: el e- commerce es la realización electrónica de transacciones comerciales, cuyo sustento es la transmisión de datos que pueden incluir imágenes y texto. Puede consistir en la realización de distintas actividades: comercio electrónico de bienes y servicios, suministro en línea de contenidos digitales, transferencia de fondos, compraventa de acciones, subastas, diseños, contratación pública, comercialización directa al consumidor, servicio de post venta, etc.

    El mercado de la red ha transformado las transacciones tradicionales caracterizadas por el sustento en papel, por procesos “despapelizados”: procesos digitales en lenguaje binario.

    El éxito del comercio electrónico esencialmente radica en que definitivamente no es necesario el contacto físico entre las partes intervinientes, en efecto, permite que las personas o empresas, aún sin conocerse previamente, puedan relacionarse.

    El...

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