El Comercio electronico: Nueva Lex Mercatoria del Comercio Internacional.

AutorCristian L. Calderón Rodríguez
CargoAbogado PUCP. Socio del Estudio Guzman-Barron, Abogados, Profesor de la facultad de derecho de la PUCP. Especialista en comercio internacional y Aduanas

INTRODUCCIÓN

Hoy en dia nadie puede discutir que la información (que cobra mayor valor cuando se traslada a terceros) es uno de los pilares mas solidos de nuestra sociedad post industrial. Estamos en el portal de la era digital, donde la telecomunicacion cumple un rol importante en nuestras vidas.

Este cambio no es de la ultima decada, sino que empezó a gestarse a finales de los años 50. Ya en el año 1986, Luis Diez Picazo nos decia que:

“La sociedad posindustrial, puede ser llamada sociedad de la información, porque esta organizada en torno de la información y a la utilización de la información y organiza, basicamente flujos de conocimientos”(2)

El avance de la sociedad de la información se acrecenta gracias a la aparición del Internet y su utilización para fines comerciales(3) ,ello ha acelerado los cambios que hoy todos conocemos. En un articulo anterior, haciamos referencia a los cambios que sufriria el sistema juridico civilista ante los cambios de la era digital.

Por ejemplo el concepto de domicilio o residencia se ve alterado por el concepto de domicilio virtual, o la aplicación de conceptos de propiedad intelectual al tema de nombres de dominio, cuando los nombres de dominio no son signos distintivos, sino una forma de identificación en el espacio.

Con la aparición del comercio electrónico, se piensa que estamos ante una nueva forma de comercio distinta a las ya existentes, mientras que otros piensan que es lo mismo. Personalmente nos hemos preguntado si el comercio electronico es una modalidad del comercio internacional o si el comercio internacional será absorbido por el comercio electrónico.

Es por ello, que el presente artículo pretende aproximarse al tema del comercio internacional electrónico y definir si es posible encontrar alguna normatividad o si es necesario crear una normatividad. No pretendemos absolver interrogantes, sino mas bien plantear inquietudes o dudas acerca del comercio electrónico.

PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA

Se entiende por comercio internacional, dentro de sus múltiples acepciones, aquella operación pactada entre dos sujetos situados en distintos territorios políticos mediante la cual un bien o servicio se traslada de la esfera de dominio de un sujeto hacia la esfera de dominio de otro sujeto. La operación más importante del comercio internacional es la compraventa internacional de mercaderías donde el bien se traslada cruzando fronteras, previo paso por aduanas. El Derecho del Comercio Internacional es la disciplina o rama del derecho que tiene por objeto las transacciones internacionales.

Muchos autores han discutido respecto a la ubicación del Derecho del Comercio internacional dentro de alguna disciplina del Derecho. En un principio se consideraba como parte del Derecho Internacional Privado; posteriormente se entendió como parte del Derecho Mercantil. Actualmente la regulación política de Comercio Internacional es objeto de estudio del Derecho internacional económico mientras que la regulación privada del Comercio Internacional se encuentra dentro del Derecho Mercantil.

De otro lado, confluye en este análisis el propio Derecho Informático, como aquella disciplina que tiene por objeto de estudio la informática y sus implicancias jurídicas en una sociedad moderna(4) . El Derecho informático como el derecho del comercio internacional ha cambiado a lo largo de su existencia solo que en un menor tiempo, claro está.

En el derecho informático podemos distingir tres etapas claras, la primera es obviamente la aparición de la computadora. La segunda etapa es la aparición de las...

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