Comentarios a la Ley de Procedimiento Laboral (recensión)

AutorBeatriz Gutiérrez­Solar Calvo
Páginas268-270

COMENTARIOS ALALEY DE PROCEDIMIENTO LABORAL

A. MONTOYAMELGAR, J.M. GALIANA MORENO, A.V. SEMPERE NAVARRO, B. RIOS SALMERÓN, F. CAVAS MARTÍNEZ, J.LUJÁN ALCARAZ, A. CÁMARABOTÍA Aranzadi Pamplona, 2000 Desde el año 1995, el Texto Refundido de la Ley de Procedimiento Laboral ---aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril--- ha sufrido una serie de modifica ciones. La Ley 39/1999, de Conciliación de la vida laboral y familiar añadió un nuevo pro cedimiento urgente y de tramitación prefe rente para garantizar el disfrute de ciertos derechos reconocidos por la misma, y modifi có ciertos artículos relativos a la calificación judicial del despido discriminatorio conecta do con la maternidad o el cuidado de familia res. Por otro lado, y con mayor trascendencia aún, la nueva Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil ha modificado expresa mente varios artículos de nuestra Ley de Pro cedimiento Laboral. Como se enumera en la Disposición Final 11ª quedan modificados los siguientes aspectos de la LPL/1995: a) El art. 2, sobre la delimitación de las cuestiones liti giosas que se atribuyen a la competencia del orden social. La LEC añade un párrafo al apar tado d) de art. 2 LPL, que excluye de la jurisdic ción laboral los conflictos surgidos entre los asociados y las Mutualidades Laborales esta blecidas por los Colegios Profesionales; b) El art. 15 sobre la abstención y recusación de los jueces, aunque esta modificación está condi cionada a su vez a la reforma de la LOPJ; c)El art. 47.2 sobre el derecho a libre acceso al li bro de sentencias regulado nuevamente en el art. 213 de la LEC; d) El art. 50 sobre la sen tencia in voce, al precisarse una serie de for malidades establecidas en los arts. 208 y 209 LEC; e) El art. 183 sobre audiencia del de mandado rebelde; f) El art. 186 sobre los re cursos de reposición y súplica, remitiéndose 268 RECENSIONES REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 28 el régimen jurídico de este último a las nor mas procedimentales del primero; g) El art. 234 sobre el recurso de revisión, en el que, además de la modificación de remisión a la LEC, se elimina el calificativo de "firme" en relación a la sentencia recurrible, aunque ello no tengan consecuencias prácticas, por ser esta condición de la sentencia un requisito básico impuesto por la LEC; h) El art. 235 so bre disposiciones generales de la ejecución definitiva, remitiéndose a la normativa espe cífica sobre ejecución forzosa de la LEC que ha de ser articulada con las especialidades de la LPL; i) El art. 261 sobre el embargo de va lores. Es cierto que varias de estas modifica ciones sólo persiguen una actualización de las remisiones expresas que a la antigua LEC realizaba el texto de la LPL. No obstante, no se puede despreciar la importancia de las mismas. En los supuestos de remisión nor mativa, se plantean importantes dudas sobre la vigencia de la misma realizada por una norma a otra cuando esta última ha sido mo dificada con posterioridad. Estas dudas se despejan con la adaptación del texto de la norma remitente, en nuestro caso la Ley de Procedimiento Laboral, tal se ha expuesto. Por otro lado se debe tener en cuenta que la Ley de Procedimiento Laboral ha de ser in tegrada con carácter general por las previsio nes de la Ley de Enjuiciamiento Civil, dado el carácter de «Derecho común procesal» de esta última. La modificación sustancial de la nor mativa supletoria que ha de colmar las lagu nas de un sistema procesal «especial» plantea numerosos interrogantes y problemas de in tegración, que han de ser resueltos por el ope rador jurídico y el intérprete del derecho. Todas estas cuestiones justifican el inte rés, actualidad y oportunidad de los Comen tarios a la Ley de Procedimiento Laboral que ha publicado recientemente la Editorial Aranzadi. Esta importante obra ofrece un ex tenso y profundo análisis del sistema rituario laboral, que ---como demuestran las múlti ples conexiones expuestas con la LEC--- se in tegra en el sistema jurídico representado por el Derecho Procesal, como derecho regulador de los presupuestos, forma, contenido y efec tos de la tutela jurisdiccional. Derecho formal éste que a su vez, junto con el Derecho mate rial, conforma el conjunto del ordenamiento jurídico como sistema unitario. No se puede dejar de tener presente la íntima conexión entre el Derecho Procesal y el Derecho sus tantivo. La realización de la protección mate rial que otorga este último depende de su articulación coherente con el primero. De ahí la importancia de la condición de prestigiosos profesores de Derecho del Trabajo y de la Segu ridad Social de los autores de estos Comenta rios, A. Montoya Melgar, J.M. Galiana Moreno, A.V. Sempere Navarro, F. Cavas Martínez, J. Luján Alcaraz, A. Cámara Botía, junto con el Magistrado del Tribunal Supremo Dr. B. Ríos Salmerón, cuya experiencia en la labor de ad ministración de la justicia aporta una óptica complementaria de gran valor. La colaboración de estos autores en la ela boración de la obra se ha realizado mediante la distribución de bloques temáticos, lo que ha supuesto un reparto equilibrado del co mentario de los artículos correspondientes entre los mismos. Las características metodo lógicas de unos Comentarios al articulado de una ley neutralizan ciertos inconvenientes que, en algunas ocasiones, se pueden derivar de la concurrencia de varios autores en la re alización de una obra. Los Comentarios a la Ley de Procedimiento Laboral que examina mos se caracterizan precisamente por su ca rácter riguroso, coordinado y sistemático del conjunto de la obra. La estructura de Comentario legislativo ofrece una notable comodidad y facilidad para el lector de los mismos. Especialmente el profesional práctico de nuestra disciplina encontrará una importante ayuda en los mis mos para superar las dudas surgidas en el manejo y aplicación de la norma. Como decla ran los autores en el prólogo de esta obra, en su redacción se ha «huido deliberadamente de las "introducciones" y planteamientos ge nerales, más propios de un tratado o ma 269 RECENSIONES REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 28 nual». Únicamente al comienzo de cada Títu lo o Capítulo, en torno a los que se ordena la estructura de la obra ---en un seguimiento fiel de la estructura de la norma comenta da---, se ofrecen unas breves nociones teóri cas, que ---a modo de coordenadas jurídicas--- permiten ubicar el contenido de los comenta rios de los artículos posteriores, a los que sir ven de presentación. Posteriormente, en el examen de cada precepto, se explica de mane ra clara y directa el contenido de la norma co mentada. Se localizan los problemas interpretativos que el artículo pueda contener y se ofrece una posible solución a los mismos, aportando para ello escogidas referencias doctrinales y jurisprudenciales. La obra se cierra con una útil relación cro nológica de las disposiciones citadas a lo lar go de la obra, en la que conviven, en un número equiparable, normas formales y nor mas materiales relevantes en el ámbito de las relaciones laborales. Esto supone una prueba más de la mencionada conexión e interacción del Derecho procesal y el Derecho sustantivo. Enfoque que domina esta obra y que repre senta un factor más para afirmar el carácter de referencia indispensable de la misma. Por todo ello, hemos de concluir que estos Comentarios a la Ley de Procedimiento Labo ral ofrecen un material básico para todo aquél que, desde una perspectiva teórica o práctica, tenga que enfrentarse con el reto de la interpretación de la normativa rituaria la boral. Ante los cambios que ésta ha sufrido, la elaboración doctrinal de criterios hermenéu ticos o su aplicación práctica exigen una dete nida revisión del texto normativo, labor que vienen a ofrecer de manera magistral estos Comentarios a la Ley de Procedimiento Labo ral. BEATRIZ GUTIÉRREZSOLAR CALVO 270 RECENSIONES REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 28

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