Comentario al Artículo 49 de la Ley Concursal, sobre integración de la masa pasiva

AutorCarlos Vázquez Iruzubieta
Cargo del AutorAbogado
Integración de la masa pasiva

Este es un artículo meramente informativo, y que define el componente de la masa pasiva del concurso, incluyendo a toda clase de acreedores, aunque es de rigor que los que tienen privilegio especial por estar sus créditos garantizados por un derecho real, sólo pueden integrar la masa pasiva del concurso por las cantidades que de sus créditos no hayan podido satisfacer al resultar insuficiente lo obtenido en la subasta o venta del o de los...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR