Comentario al Artículo 183 de la Ley Concursal, sobre secciones

AutorCarlos Vázquez Iruzubieta
Cargo del AutorAbogado
Secciones del concurso

El contenido de cada una de estas seis Secciones ha sido ya tratado a lo largo del articulado de esta Ley.

Tal vez, lo único destacable de este artículo a los fines de su comentario sea el recalcar algo que en varias ocasiones ya se ha dicho: que cada una de las Secciones se tramitará en pieza separada, aunque formando una unidad que es el concurso de acreedores como procedimiento unitario.

Es curioso que en la Sección 4ª se incluya a los procesos declarativos o ejecutivos seguidos contra el concursado con la aclaración de que deben ser tramitados en pieza separada. Al margen de la obviedad, resulta sorprendente que se incluyan entre los contenidos de una Sección, procesos que ya de por sí lo hacen en pieza separada y que sus consecuencias patrimoniales, una vez concluidos, pasarán a integrar la masa activa o...

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