Comentario al Artículo 168 del Código Penal

AutorGema Martínez Mora
Cargo del AutorJuez Sustituto
Páginas224-224

Page 224

Este artículo es una mera consecuencia de lo dispuesto en los artículos 17.3 y 18.2 CP, que exigen la previsión expresa, en cada tipo, de los actos preparatorios, para que puedan ser castigados88. Page 225

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[88] Sobre la provocación y sus elementos definidores ver la doctrina jurisprudencial citada en el § 1 del artículo 18, págs. 117-118. Sobre su diferencia con la proposición, el § 1.1., pág. 118. Respecto a la conspiración y la proposición ver los § 1, págs. 114-115 y § 2, pág. 116, del artículo 17, respectivamente. Tomo I, Parte General, y la jurisprudencia allí citada.

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