Comentario al Artículo 5 del Código Penal

AutorSergio Amadeo Gadea
Cargo del AutorAbogado Criminólogo
Páginas41-43

Page 41

El principio de culpabilidad

En la verificación de la culpabilidad por el hecho es preciso partir de un concepto claro de su significación. En primer lugar, es totalmente equivocado Page 42 afirmar que el límite de la culpabilidad por el hecho en cada caso concreto viene dado por la pena legalmente impuesta en cada precepto de la Parte Especial. Este punto de vista no toma en cuenta la necesaria diferencia que existe entre individualización legislativa (obligadamente abstracta, carente de vínculo con un sujeto concreto) y la individualización judicial (en relación esencial al autor de un delito determinado). El marco penal establecido por el legislador, en tanto refiere la amenaza a todos, no puede tener en cuenta el grado de reprochabilidad que merece cada autor por el hecho cometido. Por el contrario, la culpabilidad por el hecho es la culpabilidad de un autor concreto, respecto de cuya sanción el Tribunal deberá establecer la cantidad de pena, dentro del marco penal establecido en el precepto legal por el legislador, pero no más allá de su específica reprochabilidad por el hecho cometido17. En segundo lugar, es preciso no identificar el principio de culpabilidad con elementos de algún concepto sistemático de culpabilidad. En este sentido reducir el principio de culpabilidad a la conocida premisa de «no hay pena sin dolo o culpa», como si éste fuera todo el contenido del mismo, importa una mutilación muy importante de su alcance. En efecto, este principio no agota su contenido en las exigencias de algunos elementos del concepto dogmático de culpabilidad que es propio de una determinada teoría del hecho punible. El principio de culpabilidad rige, por el contrario, incluso en relación a las teorías del delito que consideran al dolo y a la culpa como pertenecientes a categorías dogmáticas diversas de la culpabilidad, dado que constituye una consecuencia institucional de la prohibición de tratar a las personas como medios y no como fines en sí mismos, es decir, del imperio de la dignidad de la persona como fundamento del orden político y de la paz social. A partir de estas consideraciones se entiende que en la doctrina moderna y en la jurisprudencia de otros Estados de las Comunidades Europeas, de similares concepciones Page 43 a las que informan nuestra legislación vigente, se considere derecho penal de culpabilidad a aquél en el que rige como precepto básico que la culpabilidad del autor es el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR