Comentario a Artículo 360 del Código Penal

AutorEmilia Morales Muñoz
Cargo del AutorSecretaria Judicial

Es un tipo privilegiado respecto del comprendido en el artículo 359, sancionándose penalmente la utilización irregular de una autorización obtenida de forma legal. El objeto material son las sustancias nocivas para la salud y los productos químicos que pueden causar estragos. Es aplicable lo contenido en el artículo anterior en relación a este tema. Es una norma penal en blanco puesto que remite de forma clara y directa a las leyes y reglamentos sectoriales que regulan la materia, y de peligro abstracto, puesto que el hecho de comerciar irregularmente con los productos y sustancias por quien se encuentra autorizado afecta de forma relevante al bien jurídico protegido: la salud pública.

Como ya ha tenido ocasión de pronunciarse la SAP ASTURIAS 05/02/2001 y siguiéndola en estos extremos, la SAP ZARAGOZA, sección 3, 02/06/2004 dijo que en la profesión veterinaria la prescripción de vacunas corresponde al veterinario. En tal sentido se cita el RD 109/95 de 27 de enero, respecto de los medicamentos para animales, que regula - así se expresa en su exposición de motivos- tanto los farmacológicos como los inmunológicos, se establecen los requisitos necesarios para la observancia de la seguridad, eficacia y calidad de los mismos, en todo el proceso de su autorización, elaboración, comercio, almacenamiento, suministro y utilización en relación con los animales de destino así como indirectamente la seguridad, habida cuenta de sus repercusiones sobre la salud pública y el medio ambiente, concretando el art. 1 el ámbito de aplicación a la fabricación, elaboración, control de calidad, circulación, distribución, comercialización, información y publicidad, importación, exportación, almacenamiento, prescripción, dispensación, evaluación, autorización y registro de los medicamentos de uso veterinario, cuya definición y caracterización ofrecen los arts. 6 y 8, indicando el primero que sólo serán medicamentos veterinarios los legalmente reconocidos como tales, enumerando a las especialidades farmacéuticas de uso veterinario y las autovacunas de uso veterinario, y el segundo que "medicamento" es toda sustancia medicinal y sus asociaciones o combinaciones destinadas a su utilización en los animales, que se...

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