Comentario al Artículo 654 del Código Civil

AutorCarlos Vázquez Iruzubieta
Cargo del AutorAbogado

La reducción de las donaciones llamadas inoficiosas se produce a causa de que el donante de buena o de mala fe (poco importa), ha conculcado los derechos hereditarios afectando la porción de las legítimas. Por esto, son los herederos los encargados de promover esta reducción, que en último caso viene a constituir una revocación parcial por el exceso en la facultad de donar (art. 636 CC), y tal revocación alcanza solamente a esa porción hasta dejar incólume a la legítima.

Durante el transcurso de toda la vida del donante, tales donaciones mantienen su eficacia plena, razón por la cual los frutos percibidos por los donatarios les pertenecen, sin obligación de restitución; sólo deberán devolver los...

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