- Inicio
- Libros y Revistas
- Código Civil Comentado
- Compraventa y Arrendamiento. Comentarios a los Artículos 1445 a 1664 Del Código Civil
- Título VII. De los Censos
- Capítulo Primero. Disposiciones Generales
Comentario al Artículo 1616 del Código Civil
Autor | Carlos Vázquez Iruzubieta |
Cargo del Autor | Abogado |
Lo normal es que quien recibe el pago otorgue el correspondiente recibo; hasta ahí, la primera parte del artículo. Pero lo curioso es que quien paga tenga, a su vez, la obligación de dar un resguardo en el que conste que ha pagado. La explicación es razonable en el caso de los censos porque de esta manera el censualista evita el riesgo de que vea perecer el derecho de prescripción, puesto que la prueba del pago está en poder del censatario (el recibo). Por ello, puede decirse que este resguardo no tiene por finalidad acreditar el pago (cosa que hace el recibo), sino acreditar el ejercicio de un derecho a fin de que no prescriba.
Los derechos del censualista y del censatario son...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba- Título VII. De los censos
- Capítulo Primero. Disposiciones generales
- Comentario al Artículo 1604 del Código Civil
- Comentario al Artículo 1605 del Código Civil
- Comentario al Artículo 1606 del Código Civil
- Comentario al Artículo 1607 del Código Civil
- Comentario al Artículo 1608 del Código Civil
- Comentario al Artículo 1609 del Código Civil
- Comentario al Artículo 1610 del Código Civil
- Comentario al Artículo 1611 del Código Civil
- Comentario al Artículo 1612 del Código Civil
- Comentario al Artículo 1613 del Código Civil
- Comentario al Artículo 1614 del Código Civil
- Comentario al Artículo 1615 del Código Civil
- Comentario al Artículo 1616 del Código Civil
- Comentario al Artículo 1617 del Código Civil
- Comentario al Artículo 1618 del Código Civil
- Comentario al Artículo 1619 del Código Civil
- Comentario al Artículo 1620 del Código Civil
- Comentario al Artículo 1621 del Código Civil
- Comentario al Artículo 1622 del Código Civil
- Comentario al Artículo 1623 del Código Civil
- Comentario al Artículo 1624 del Código Civil
- Comentario al Artículo 1625 del Código Civil
- Comentario al Artículo 1626 del Código Civil
- Comentario al Artículo 1627 del Código Civil
Los suscriptores pueden acceder a la versión informada de este caso.
Regístrate para una prueba y aprovechar al máximo nuestro servicio, incluidos estos beneficios.
¿Por qué debería darme de alta en vLex?
-
Más de 100 países
Accede a más de 120 millones de documentos de más de 100 países, incluida la mayor colección de legislación, jurisprudencia, formularios y libros y revistas legales.
-
Miles de fuentes de datos
Actualizado cada día, vLex reúne contenido de más de 750 proveedores dando acceso a más de 2500 fuentes legales y de noticias de los proveedores líderes del sector.
-
Encuentra rápidamente lo que necesitas
Gracias a una avanzada Inteligencia Artificial desarrollada por vLex, enriquecemos editorialmente la información legal para hacerla accesible, incluyendo traducción instantánea a 14 idiomas para garantizar el acceso a la información y la capacidad de efectuar búsquedas comparativas.
-
Más de 2 millones de usuarios registrados
Fundado hace más de 20 años, vLex proporciona contenido de alta calidad y un servicio muy intuitivo para abogados, despachos, instituciones gubernamentales y universidades de derecho alrededor del mundo
Los suscriptores pueden ver una lista de toda la legislación y jurisprudencia citada de un documento.
Regístrate para una prueba y aprovechar al máximo nuestro servicio, incluidos estos beneficios.
¿Por qué debería darme de alta en vLex?
-
Más de 100 países
Accede a más de 120 millones de documentos de más de 100 países, incluida la mayor colección de legislación, jurisprudencia, formularios y libros y revistas legales.
-
Miles de fuentes de datos
Actualizado cada día, vLex reúne contenido de más de 750 proveedores dando acceso a más de 2500 fuentes legales y de noticias de los proveedores líderes del sector.
-
Encuentra rápidamente lo que necesitas
Gracias a una avanzada Inteligencia Artificial desarrollada por vLex, enriquecemos editorialmente la información legal para hacerla accesible, incluyendo traducción instantánea a 14 idiomas para garantizar el acceso a la información y la capacidad de efectuar búsquedas comparativas.
-
Más de 2 millones de usuarios registrados
Fundado hace más de 20 años, vLex proporciona contenido de alta calidad y un servicio muy intuitivo para abogados, despachos, instituciones gubernamentales y universidades de derecho alrededor del mundo
Los suscriptores pueden ver una lista de todos los documentos que citan el caso
Regístrate para una prueba y aprovechar al máximo nuestro servicio, incluidos estos beneficios.
¿Por qué debería darme de alta en vLex?
-
Más de 100 países
Accede a más de 120 millones de documentos de más de 100 países, incluida la mayor colección de legislación, jurisprudencia, formularios y libros y revistas legales.
-
Miles de fuentes de datos
Actualizado cada día, vLex reúne contenido de más de 750 proveedores dando acceso a más de 2500 fuentes legales y de noticias de los proveedores líderes del sector.
-
Encuentra rápidamente lo que necesitas
Gracias a una avanzada Inteligencia Artificial desarrollada por vLex, enriquecemos editorialmente la información legal para hacerla accesible, incluyendo traducción instantánea a 14 idiomas para garantizar el acceso a la información y la capacidad de efectuar búsquedas comparativas.
-
Más de 2 millones de usuarios registrados
Fundado hace más de 20 años, vLex proporciona contenido de alta calidad y un servicio muy intuitivo para abogados, despachos, instituciones gubernamentales y universidades de derecho alrededor del mundo
Los suscriptores pueden ver una lista de todas los versiones de la ley con las distintas afectaciones
Regístrate para una prueba y aprovechar al máximo nuestro servicio, incluidos estos beneficios.
¿Por qué debería darme de alta en vLex?
-
Más de 100 países
Accede a más de 120 millones de documentos de más de 100 países, incluida la mayor colección de legislación, jurisprudencia, formularios y libros y revistas legales.
-
Miles de fuentes de datos
Actualizado cada día, vLex reúne contenido de más de 750 proveedores dando acceso a más de 2500 fuentes legales y de noticias de los proveedores líderes del sector.
-
Encuentra rápidamente lo que necesitas
Gracias a una avanzada Inteligencia Artificial desarrollada por vLex, enriquecemos editorialmente la información legal para hacerla accesible, incluyendo traducción instantánea a 14 idiomas para garantizar el acceso a la información y la capacidad de efectuar búsquedas comparativas.
-
Más de 2 millones de usuarios registrados
Fundado hace más de 20 años, vLex proporciona contenido de alta calidad y un servicio muy intuitivo para abogados, despachos, instituciones gubernamentales y universidades de derecho alrededor del mundo
Los suscriptores pueden ver todas las afectaciones de un caso
Regístrate para una prueba y aprovechar al máximo nuestro servicio, incluidos estos beneficios.
¿Por qué debería darme de alta en vLex?
-
Más de 100 países
Accede a más de 120 millones de documentos de más de 100 países, incluida la mayor colección de legislación, jurisprudencia, formularios y libros y revistas legales.
-
Miles de fuentes de datos
Actualizado cada día, vLex reúne contenido de más de 750 proveedores dando acceso a más de 2500 fuentes legales y de noticias de los proveedores líderes del sector.
-
Encuentra rápidamente lo que necesitas
Gracias a una avanzada Inteligencia Artificial desarrollada por vLex, enriquecemos editorialmente la información legal para hacerla accesible, incluyendo traducción instantánea a 14 idiomas para garantizar el acceso a la información y la capacidad de efectuar búsquedas comparativas.
-
Más de 2 millones de usuarios registrados
Fundado hace más de 20 años, vLex proporciona contenido de alta calidad y un servicio muy intuitivo para abogados, despachos, instituciones gubernamentales y universidades de derecho alrededor del mundo
Los suscriptores pueden acceder a una representación visual de un caso y sus relaciones con otros casos. Como alternativa a las listas de casos, el Mapa de Precedentes facilita la tarea de encontrar que caso tienes más relevancia en tu búsqueda. Al mismo tiempo también tendrás una referéncia del grado de aceptación del caso.
¿Por qué debería darme de alta en vLex?
-
Más de 100 países
Accede a más de 120 millones de documentos de más de 100 países, incluida la mayor colección de legislación, jurisprudencia, formularios y libros y revistas legales.
-
Miles de fuentes de datos
Actualizado cada día, vLex reúne contenido de más de 750 proveedores dando acceso a más de 2500 fuentes legales y de noticias de los proveedores líderes del sector.
-
Encuentra rápidamente lo que necesitas
Gracias a una avanzada Inteligencia Artificial desarrollada por vLex, enriquecemos editorialmente la información legal para hacerla accesible, incluyendo traducción instantánea a 14 idiomas para garantizar el acceso a la información y la capacidad de efectuar búsquedas comparativas.
-
Más de 2 millones de usuarios registrados
Fundado hace más de 20 años, vLex proporciona contenido de alta calidad y un servicio muy intuitivo para abogados, despachos, instituciones gubernamentales y universidades de derecho alrededor del mundo
Los suscriptores pueden ver una lista de resultados conectados a su documentos vía tópicos y citas encontradas por Vincent.
Regístrate para una prueba y aprovechar al máximo nuestro servicio, incluidos estos beneficios.
¿Por qué debería darme de alta en vLex?
-
Más de 100 países
Accede a más de 120 millones de documentos de más de 100 países, incluida la mayor colección de legislación, jurisprudencia, formularios y libros y revistas legales.
-
Miles de fuentes de datos
Actualizado cada día, vLex reúne contenido de más de 750 proveedores dando acceso a más de 2500 fuentes legales y de noticias de los proveedores líderes del sector.
-
Encuentra rápidamente lo que necesitas
Gracias a una avanzada Inteligencia Artificial desarrollada por vLex, enriquecemos editorialmente la información legal para hacerla accesible, incluyendo traducción instantánea a 14 idiomas para garantizar el acceso a la información y la capacidad de efectuar búsquedas comparativas.
-
Más de 2 millones de usuarios registrados
Fundado hace más de 20 años, vLex proporciona contenido de alta calidad y un servicio muy intuitivo para abogados, despachos, instituciones gubernamentales y universidades de derecho alrededor del mundo
Búsquedas relacionadas:
- comentarios al codigo civil
- capacidad juridica y capacidad de obrar articulos codigo civil
- artículo 1 124 código civil
Otros documentos interesantes:
- Novación y ampliación de hipoteca anterior a la Ley 1/2013. Vencimiento anticipado y procedimiento extrajudicial. Valor de subasta y adjudicaciones
- Programa del cursillo de conferencias de 1947
- La obligación de alimentos y las políticas de la administración española sobre la protección de los mayores y dependientes
- El artículo 831 del Código civil
- Una peculiaridad en la radiodifusión española: las estaciones comarcales