Comentario al Artículo 1486 del Código Civil

AutorCarlos Vázquez Iruzubieta
Cargo del AutorAbogado

La extensión de la responsabilidad abarca, a opción del comprador, la rescisión contractual con abono de gastos, o la reducción del precio en razón de la importancia del vicio o defecto de la cosa. La actividad pericial no es preceptiva, naturalmente, para el caso que las partes lleguen a un acuerdo.

Se agrava la responsabilidad del vendedor si conocía la existencia del vicio y no lo hizo saber al comprador, porque se está en presencia de un verdadero engaño. En tales supuestos, además de seguir vigente la misma opción a favor del comprador...

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