Comentario al Artículo 1463 del Código Civil

AutorCarlos Vázquez Iruzubieta
Cargo del AutorAbogado

La entrega simbólica consiste en hacer entrega de las llaves del lugar donde se encuentra la cosa que debe ser entregada al comprador. Con ello, en principio, y físicamente, puede decirse que el vendedor no cumple su obligación, aunque esta vez el legislador permite mediante esta presunción, que se tenga por entrega real, la que sólo es su representación.

También es simbólica la entrega de la cosa cuando queda en poder del vendedor y las partes así lo acuerdan por las dificultades que produce el traslado inmediato. Otro tanto para el caso que el...

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