Comentario al Artículo 597 del Código Civil

AutorCarlos Vázquez Iruzubieta
Cargo del AutorAbogado

Se reiteran principios generales acerca de la comunidad de bienes. Es dudoso que sea admisible la mayoría para la hipótesis de que la servidumbre ofrezca la posibilidad de un mejor disfrute de la cosa común, porque es una cuestión de hecho que cada propietario está facultado para estimar según su propio criterio. El artículo exige unanimidad en la decisión, y...

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