Comentario al Artículo 454 del Código Civil

AutorCarlos Vázquez Iruzubieta
Cargo del AutorAbogado

El principio rector del art. 454 CC indica que no son abonables los gastos suntuarios introduciéndose a favor del poseedor la posibilidad de la separación. No existe accesión mediando la posibilidad de separación, precisamente por esta circunstancia.

En cuanto a la estimación compensatoria para el poseedor, no cabe duda que en atención a los fenómenos monetarios actuales, cualquier solución sería injusta si no se estimaren los valores al momento en que debe efectuarse la...

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