Comentario al Artículo 376 del Código Civil

AutorCarlos Vázquez Iruzubieta
Cargo del AutorAbogado

El art. 376 CC da una primera pauta para la determinación de lo que es principal y lo que es accesorio, sentando el principio de que la función de ornamentación, utilidad o perfeccionamiento están al servicio de la cosa misma. En este artículo, lo principal y accesorio se regula por un criterio evidentemente...

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