Comentari a la nova regulació de la prescripció i la caducitat en el Dret civil de Catalunya

AutorÁngel Serrano de Nicolás
CargoNotario de Barcelona
Páginas327-330

Se acaba de publicar dentro de la colección de Dret Civil Català que dirige el prof. Joan EGEA FERNÁNDEZ, Catedràtic de Dret Civil de la Universitat Pompeu Fabra, la obra de la que se da noticia en el encabezamiento.

Se trata de un comentario por conocidos civilistas catalanes a la prescripción y la caducidad en el Codi civil de Catalunya, que, como destacan los editores en la presentación después de una larga vacatio de un año, ya lleva más de otro desde su entrada en vigor, una vez superada la interposición de un recurso de inconstitucionalidad a la totalidad de la Primera Llei, el levantamiento1 de la suspensión de su entrada en vigor y, finalmente, la retirada del recurso por el Gobierno central.

La regulación reviste trascendencia básica, basta pensar en el viejo plazo de los 30 años, frente al 15 de las acciones personales en el CC español, junto con el acortamiento de los plazos siguiendo la tendencia iniciada por el BGB, así de los antiguos 30 años se pasa ahora a los 10 años, como regla general. Así como se establece el breve término de 3 años para buena parte de las pretensiones contractuales y de responsabilidad extracontractual.

Los comentarios, eminentemente científicos, relacionan el texto positivo, con lo que fue la tradición jurídica catalana, y los vigentes textos alemanes e italianos, básicamente, sin olvidar el PECL, ni los Principios del UNIDROIT.

Dado que como en otras ocasiones no se trata de hacer una reseña, sino simplemente de dar noticia de la aparición de una obra, me limito a transcribir lo que en la propia contraportada se destaca, y con lo que coincido, como más relevante de la nueva regulación y de la obra, así:

— Su entrada en vigor el 1 de enero de 2004. — Su simbolismo por tratarse del Llibre Primer del Codi civil. — La regulación novedosa y completa de la caducidad y de la prescripción que supone el desplazamiento de la aplicación en Catalunya del CC, del que se aparta en múltiples aspectos para incardinarse en las corrientes más modernas del Derecho de obligaciones europeo.

— La recuperación de reglas tradicionales no recogidas en la Compilación, junto a las más recientes aportaciones sobre objeto de la prescripción, sus efectos y régimen jurídico general, su interrupción y suspensión, los nuevos términos de prescripción y las reglas sobre su cómputo, se establece un sistema subjetivo de cómputo junto a un término de preclusión que supone la extinción definitiva de cualquier pretensión en el transcurso de...

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