El colectivo ‘Mujeres Abogadas’ analiza en Almería la violencia y la inmigración

AutorCarmen Medina Lapieza
CargoPresidenta de la Coordinadora Estatatal de Mujeres Abogadas
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La Secretaria de Estado de Inmigración y Emigración, Consuelo Rumí, que inauguró el Congreso, aseguró que lo que está ocurriendo en Francia "debe de alertarnos para seguir trabajando en la dirección en la que lo está haciendo ya el Gobierno español desde hace año y medio para que la integración sea una realidad y exista una igualdad de oportunidades para todas las generaciones de inmigrantes".

En este sentido, destacó que "no debemos preocuparnos, ya que la situación de la inmigración no es lo mismo en Francia que en España, lo que ocurre está producido por factores de tipo coyuntural y estructural vinculado a la marginalidad de las segundas y terceras generaciones de inmigrantes", a lo que añadió que "en España no tenemos esa situación, somos un país que está afrontando la inmigración como un fenómeno novedoso pero no tenemos ni segundas ni terceras generaciones".

Por último, Rumí subrayó los avances en materia de política de inmigración e integración que ha realizado el Gobierno español en el último año y destacó la creación de la Dirección General de Integración dentro de la Secretaría de Estado y la puesta en marcha de un Fondo para la Acogida, Integración y Refuerzo Educativo, entre otras medidas.

Aprovechó para anunciar que "estamos finalizando el diseño del Primer Plan Estratégico para la Integración que verá la luz antes de que acabe este año".

El Congreso ha aprobado por unanimidad las siguientes conclusiones:

Trafico de mujeres y explotación sexual

Primera

La trata de personas con fines de explotación sexual constituye una de las modalidades más expansivas y en continuo crecimiento de las actividades criminales organizadas, siendo las mujeres y las niñas las víctimas más vulnerables de esta actividad.

Por lo que demandamos al Ministerio y Departamentos de Interior competentes que sea considerada como una prioridad de política criminal, con la misma importancia que el terrorismo, la lucha contra la trata de mujeres con fines de explotación sexual, cursándose a tal fin las oportunas instrucciones a los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado para que traten con prioridad la persecución e investigación de estos delitos, incrementándose los medios personales y económicos destinados a este fin.

Segunda

Que el término ‘tráfico’ y ‘trata’ no son expresiones equivalentes o idénticas en el lenguaje jurídico internacional por lo que proponemos la adopción de un lenguaje común y uniforme en nuestra actividad reservando el término ‘trata’ para designar y aludir aquellas modalidades delictivas que tengan por objeto la captación y traslado de mujeres con fines de explotación sexual.

Tercera

Que habiendo comprobado, tras el examen de numerosas sentencias, que el Ministerio Fiscal no tiene criterios homogéneos ni uniformes a la hora de sostener la acusación en procesos que afectan a mujeres en situación de explotación sexual, proponemos y exhortamos al Fiscal General del Estado a que:

  1. – Dicte la oportuna circular que unifique la posición del Ministerio Fiscal en orden a la persecución de los delitos relativos a la trata de mujeres con fines de explotación sexual, ordenándose que las acusaciones se mantengan por todos los tipos penales posibles ya sea con carácter principal o subsidiario a fin de evitar la impunidad de los tratantes

  2. – Y asimismo a que no califiquen como continuidad delictiva las infracciones del artículo 188.1 del Código Penal.

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    Cuarta

    Constatando la falta de información estadística fiable relativa a los delitos de tráfico y especialmente de trata y considerando que el conocimiento cuantitativo y cualitativo de esos delitos permitirá un mejor diseño de las políticas públicas de intervención frente a este fenómeno,reclamamos que dentro del Observatorio contra la Violencia del CGPJ se cree una sección encargada de reportar datos relativos a esta cuestión, que contenga cuanto menos:

    – El número de procedimientos incoados por los Juzgados y Tribunales de los delitos de tráfico con expresión separada de aquellos relativos a la trata de mujeres con fines de explotación sexual, la nacionalidad y procedencia de las víctimas, las características de las tramas implicadas así como relación detallada del número de mujeres que hayan gozado de medidas de protección de testigos y si el otorgamiento de esta situación ha suspendido los procedimientos de expulsión de las víctimas.

    Quinta

    Comprobando la falta de medidas y recursos destinados a la protección de las víctimas de los delitos que nos ocupan, instamos a la creación de un Fondo Asistencial para las víctimas de la trata y la explotación sexual a cuyo fin interesamos que tod os los bienes y capitales obtenidos de la explotación sexual de las mujeres incautados en los procedimientos judiciales pasen a dicho fondo y constituyan una de las fuentes o medios de financiación del fondo asistencial.

    Sexta

    Considerando que la demanda masculina de mujeres para su uso sexual constituye un factor esencial y determinante que anima y estimula la actividad de las redes...

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