Proyecto de Circular de la CNMV sobre el desarrollo de determinadas obligaciones de información relacionadas con la evaluación de la conveniencia e idoneidad a los clientes a los que se les prestan servicios de inversión. Fernando Revuelta

AutorFernando Revuelta
Páginas19-20

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La Ley 9/2012, de 14 de noviembre, de reestructuración y resolución de entidades de crédito en su disposición final tercera modificó, entre otros, el artículo 79 bis de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores pretendiendo con ello mejorar la protección al inversor y evitar que se comercialicen productos complejos a inversores no profesionales.

Esta modificación ha supuesto que la CNMV pueda requerir a las entidades supervisadas que incluyan tanto en la información previa que se entregue a los inversores como en su publicidad las advertencias necesarias relativas a las características del instrumento de inversión así como que se realicen los correspondientes test de idoneidad y conveniencia a los inversores según corresponda.

Como consecuencia de lo anterior, el pasado 15 de noviembre, el Comité Ejecutivo de la CNMV decidió someter a consulta pública el proyecto de circular sobre el desarrollo de determinadas obligaciones de información relacionadas con la evaluación de la conveniencia e idoneidad a los clientes a los que se prestan servicios de inversión (el "Proyecto") con el objetivo de que las entidades de servicios de inversión recomienden servicios e instrumentos financieros adecuados dependiendo del perfil de cada inversor.

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El Proyecto pretende regular ciertas recomendaciones que la CNMV ya había transmitido como buenas prácticas a las entidades que prestan servicios de inversión reguladas en el artículo 63 LMV.

En concreto, en cuanto a la evaluación de la idoneidad, la norma tercera del Proyecto establece que cada vez que las entidades presten un servicio de asesoramiento en materia de inversión (o gestión de carteras, aunque esto el Proyecto no lo dice) deberán proporcionar al cliente (o potenciales clientes, aunque tampoco lo menciona el Proyecto) una descripción de cómo se ajustan las recomendaciones que realicen a las características y objetivos del inversor.

La norma cuarta del Proyecto se centra en la evaluación de la conveniencia que deben realizar las empresas de servicios de inversión y establece que deberán entregar, cada vez que se realice una evaluación de un...

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