CLEMENTE MEORO, Mario E. /CAVANILLAS MÚGICA, Santiago: Responsabilidad y contratos en Internet. Su regulación en la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico

AutorSebastián López Maza
CargoUniversidad Autónoma de Madrid
Páginas1722-1728

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l. No cabe duda de que Internet se ha convertido en uno de los medios de comunicación más relevantes de la actualidad. Sin embargo, los avances técnicos han permitido que la red evolucione para adaptarse a las necesidades humanas y nos permita realizar operaciones antes impensables. De esta forma surgen muchos servicios: el intercambio de archivos musicales, la compraventa de productos, la planificación de vacaciones, el acceso a determinada información...De las relaciones entre unos sujetos y otros nacen derechos y obligaciones, que han de verse satisfechos unos y cumplidas otras para no incurrir en responsabilidad, por no hablar de los numerosos riesgos que existen y que deben ser subsanados.

Con el libro arriba mencionado, los profesores Mario E. Clemente Meoro, catedrático de Derecho Civil en la Universidad de Valencia, y Santiago Cavanillas Múgica, también catedrático de la misma materia en la Universidad de las Islas Baleares, pretenden darnos una visión de cuáles son los supuestos de responsabilidad en que incurren los sujetos que interactúan en la red, así como de algunos elementos configuradores de los contratos celebrados allí, todo ello explicado a partir de dos normas fundamentales en este campo: la Directiva de Comercio Electrónico, de 17 de julio de 2000, y la Ley de servicios Page 1723 de la sociedad de la información y de comercio electrónico (LSSICE), de 17 de enero de 2002, que traspone la anterior.

Pocas son las obras dedicadas a analizar estos aspectos, debido a la complejidad que presenta Internet, incluso también motivado por la gran cantidad de sujetos que intervienen, lo que hace difícil, por ejemplo, la imputación de responsabilidad o la determinación del lugar o del momento de cumplimiento de los contratos. Es más, aún no está todo dicho, ya que la red evoluciona rápidamente y los procesos legislativos son muy lentos. Además, la realidad exige la existencia de una norma de ámbito internacional que aparte de dar respuesta a la cantidad de casos que se plantean, ampare los distintos derechos que se ponen en peligro (derechos de autor, derechos de consumidores y usuarios, derechos de la personalidad...). A pesar de todo, es increíble ver cómo el Código civil, de 1889, y el Código de comercio, de 1885, se adelantan a la realidad y contienen algunos preceptos aplicables a esta materia tan actual, constituyendo las fuentes supletorias o de integración.

  1. En cuanto a la estructura de la obra, consta de dos capítulos: La responsabilidad civil de los prestadores de servicios de la sociedad de la información (pp. 1 a 116) y La conclusión del contrato en Internet (pp. 117 a 201).

  2. 1 En el primero, Clemente Meoro nos pone en situación describiendo cuáles son las normas aplicables, su ámbito de aplicación, los sujetos que intervienen, los daños que se pueden causar a través de estas redes, y los intereses en juego. Posteriormente aborda el tema de la responsabilidad analizando cada uno de los intervinientes en la red (prestadores de servicios de intermediación), todo ello ilustrado con numerosos casos de la práctica jurídica.

  3. 2 En el capítulo segundo, Cavanillas Múgica nos habla fundamentalmente del contrato en Internet, haciendo referencia a los aspectos formales, la información que han de contener, la prueba del mismo y su conclusión (lugar y momento de perfección del contrato).

    Por tanto, dos capítulos que abarcan dos de las cuestiones más importantes de la red (no son pocas las personas que descargan archivos musicales, que compran entradas para espectáculos o que reservan una habitación de un hotel para las vacaciones).

  4. Ahora cabe destacar los puntos más relevantes de ambos capítulos.

    Como antes he dicho, el primero de ellos se refiere a La responsabilidad de los prestadores de servicios en la sociedad de la información.

  5. 1 Primeramente, el autor nos hace una serie de precisiones técnicas para que sepamos de qué habla, y es que el libro consta de una gran cantidad de conceptos que nos hacen más comprensible el mundo de la red. El objeto de las normas anteriores son los servicios de la sociedad de la información, entendiendo por tal la formada por las redes de comunicación o de telecomunicación, destacando Internet. Una red telemática consiste en una serie de ordenadores conectados entre sí, de forma que puedan comunicarse y compartir datos y recursos. Internet es una red mundial, formada por multitud de redes independientes y autónomas, y que ofrece muchas utilidades.

    Seguidamente aclara algunos conceptos, tales como: prestador de servicios [art. 2. b) de la Directiva], destinatario del servicio [art. 2. d) de la Directiva], servicio de la sociedad de la información [art. 2. a) de la Directiva], operadores de redes y proveedores de acceso.

    La red también presenta algunos inconvenientes, ya que se pueden ocasionar perjuicios: incorporando a la red información que lesione derechos e intereses de Page 1724 terceros (derechos fundamentales, de la personalidad, de propiedad industrial...) o destruyendo, alterando o inutilizando la...

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