Las claves jurídicas del debate sobre el fracking

AutorRené Javier Santamaría Arinas
CargoProfesor Titular de Derecho Administrativo de la Universidad de La Rioja
Páginas1-38
REVISTA CATALANA DE DRET AMBIENTAL Vol. V Núm. 1 (2014): 1 – 38
-Estudi-
LAS CLAVES JURÍDICAS DEL DEBATE SOBRE EL FRACKING
RENÉ JAVIER SANTAMARÍA ARINAS
Profesor Titular de Derecho Administrativo de la Universidad de La Rioja
1
rene-javier.santamaria@unirioja.es
Recibido: 3 de julio de 2014 / Aceptado: 14 de julio de 2014
RESUMEN: Todavía no se sabe a ciencia cierta si en España existen hidrocarburos no
convencionales que puedan ser objeto de aprovechamiento rentable mediante la técnica
del fracking. Se supone que podría haberlos dado que en los últimos años se ha
registrado una avalancha de solicitudes de permisos de investigación. Aunque hay quien
piensa que podrían ser movimientos puramente especulativos, estas gestiones suscitaron
reacciones de inquietud en las poblaciones más directamente afectadas. No parece que
éstas se hayan sentido agraciadas por la rueda de la Fortuna y, especialmente en zonas
del norte peninsular, surgieron movimientos sociales que reclaman transparencia y
lideran expresiones de rechazo. La polémica llegó así hasta las instituciones regionales
con resultados dispares como se verá. El eco del debate se extendió luego por otras
Comunidades Autónomas y las autoridades centrales del Estado se han sentido
obligadas a fijar posición. De este modo, en apenas doce meses han aparecido varias
leyes que limitan en diferentes grados la práctica del fracking. Este trabajo se propone
dar a conocer los principales hitos de esta evolución normativa y, a la vista del
contenido de cada una de las disposiciones aprobadas, exponer críticamente las
principales cuestiones jurídicas que suscitan. En un Estado territorialmente
descentralizado como es el español, el debate jurídico parece inevitablemente abocado
al terreno propio de la disputa competencial. De hecho, el Tribunal Constitucional ya ha
anulado la primera ley autonómica por este motivo. Sin embargo, parece que un
problema tan complejo debería abordarse por el Derecho desde perspectivas más
amplias.
1
Este trabajo se ha realizado en la Universidad de La Rioja al amparo del Proyecto de Investigación
DER2012-38346-C02-02, financiado por el Ministerio de Economía y Competitividad.
R.J. Santamaría RCDA Vol. V Núm. 1 (2014)
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RESUM: Encara no se sap amb certesa si a Espanya existeixen hidrocarburs no
convencionals que puguin ser objecte d’aprofitament rendible mitjançant la tècnica del
fracking. Se suposa que podria haver-ne, atès que en els darrers anys s’ha produït un
allau de sol·licituds de permisos d’investigació. Tot i que hi ha qui pensa que podrien
ser moviments purament especulatius, aquestes gestions han suscitat reaccions
d’inquietud en les poblacions més directament afectades. No sembla que aquestes
s’hagin sentit particularment afortunades i, especialment a les zones del Nord
peninsular, han sorgit moviments socials que reclamen transparència i lideren
expressions de rebuig. La polèmica va arribar així fins a les institucions regionals amb
resultats diversos. L’eco del debat s’ha estès després a altres comunitats autònomes i les
autoritats centrals de l’Estat s’han sentit obligades a fixar una posició. D’aquesta
manera, en tot just dotze mesos han aparegut diverses lleis que limiten en diferents
graus la pràctica del fracking. Aquest treball es proposa donar a conèixer les fites
principals d’aquesta evolució normativa i, tenint en compte el contingut de cadascuna
de les disposicions aprovades, exposar críticament les principals qüestions jurídiques
que susciten. En un estat territorialment descentralitzat com és Espanya, el debat jurídic
sembla inevitablement orientat al terreny propi de la disputa competencial. De fet, el
Tribunal Constitucional ja anul·lat la primera llei autonòmica per aquest motiu.
Tanmateix, sembla que un problema tan complex hauria d’abordar-se des de
perspectives més àmplies.
ABSTRACT: It is still uncertain whether there are unconventional hydrocarbons in
Spain that could be exploited by resorting to hydraulic fracturing (fracking). In the last
years there has been an avalanche of applications for the carrying out of drilling
searching for those hydrocarbons. Those operations have caused anxiety among
different groups of Spanish society, in particular in Northern Spain where several
movements have rejected this technique. This debate has also reached the regional
parliaments with diverse results as explained in this contribution. The debate has forced
the Spanish authorities, i.e., Autonomous Communities and the central government, to
intervene. In twelve months, several laws have been adopted imposing constraints for
the carrying out of hydraulic fracturing. This contribution aims to study the basic
aspects of these legal developments and critically analyse the content of the different
laws. Spain is a decentralized State and this matter leads to a debate regarding the
RCDA Vol. V Núm. 1 (2014) Las claves jurídicas del debate sobre el fracking
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distribution of powers between the State and the Autonomous Communities. However,
this complex issue should be examined from a broad perspective.
PALABRAS CLAVE: Desarrollo sostenible — Régimen minero y energético —
Hidrocarburos no convencionales Fracturación hidráulica Ordenación del
territorio — Principio de precaución.
PARAULES CLAU: Desenvolupament sostenible — Règim miner i energètic
Hidrocarburs no convencionals — Fractura hidràulica — Ordenació del territori —
Principi de precaució.
KEY WORDS: Sustainable development — Mining and energy — Non-conventional
hydrocarbons — Hydraulic fracturing — Country planning — Precautionary principle.
SUMARIO: I. Introducción. II. Las leyes autonómicas sobre el fracking. 1. La prohibición del fracking
en Cantabria. 2. La prohibición del fracking en La Rioja. 3. La prohibición del fracking en Navarra. 4. El
levantamiento de la prohibición parcial preexistente
en el país vasco. 5. La relativa prohibición del
fracking en Cataluña. III. La reacción estatal. 1. Novedades en la legislación básica. 2. Los recursos de
inconstitucionalidad contra leyes autonómicas. IV. La crítica de las prohibiciones autonómicas. 1. Los
límites constitucionales que se i mponen al legislador. 2. La interdicción de la arbitrariedad: razonabilidad
y racionalidad de la prohibición. 3. Solidaridad. 4. Proporcionalidad. 5. Seguridad jurídica: el respeto de
posibles derechos preexistentes. V. La STC de 24 de junio de 2014. 1. El conflicto competencial. 2. El
carácter básico de la normativa estatal no asegura su plena constitucionalidad. VI. Reflexiones finales.
VII. Bibliografía.
I. INTRODUCCIÓN
A efectos jurídicos, la fracturación hidráulica o fracking es “un proceso mediante el cual
se inyecta a alta presión un fluido de fracturación —mezcla compuesta normalmente por
agua, arena y aditivos químicos (en general entre el 0,5% y el 2% de todo el fluido de
fracturación)— para romper la roca, abrir y agrandar las fracturas con objeto de que los
hidrocarburos fluyan al interior del pozo”
2
. La expansión de esta técnica que permite
aprovechar los denominados “hidrocarburos no convencionales” ha merecido dos
respuestas extremas. Una, que da primacía a consideraciones económicas, consiste en
2
COM(2014)23 final, p. 6.

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