Las cláusulas suelo

¿Qué es una cláusula suelo?

Se trata de una cláusula incluida en las escrituras de préstamo hipotecario.

A la hora de concertar un préstamo, las partes pueden pactar que el tipo de interés aplicable al mismo sea fijo o bien variable.

El tipo de interés fijo, generalmente es más alto que el variable, pero será el mismo durante toda la duración del préstamo.

En cambio, cuando se pacta un interés variable, se asume un riesgo puesto que, si bien el interés puede bajar, pero también puede subir.

Así, tal y como apunta el Informe del Banco de España del 7 de mayo de 2010, cuando la acotación es a la baja, la cláusula fijará un tipo de interés que actuará como “suelo” del tipo pactado, con lo que se garantizan unos ingresos mínimos para las entidades bancarias que conceden estos créditos.

Con la finalidad de poder disminuir los riesgos fluctuación del interés, el mismo se circunscribe dentro de unos valores que vendrán a ser la cláusula suelo y la cláusula techo. Este tipo de cláusulas operan limitando a la alza o a la baja el tipo de interés.

Por tanto, cuando tengamos una cláusula suelo, significa que por mucho que baje el interés de referencia, siempre se va a pagar el tipo de interés mínimo establecido como “suelo”.

De este modo, como bien dice Doña Cristina Marqués Mosquera, Notaria de Fuentalbrada, en el artículo que la misma redactó sobre cláusulas suelo; “en el contexto de la crisis económica que nos azota desde hace más de un lustro donde las cláusulas suelo se han vuelto sumamente polémicas ante la bajada experimentada en los últimos años por el Euribor, principal índice de referencia utilizado en nuestro país, que ha provocado que todos aquellos que habían firmado un préstamo con cláusula «suelo» no se hayan podido beneficiar de esta bajada generalizada de los tipos de referencia.”

¿Son válidas las cláusulas suelo en el Ordenamiento Jurídico Español?

Las cláusulas suelo, en tanto pacto inter partes rigiéndose por el principio de fijación en los intereses bancarios en los contratos de préstamos, son plenamente lícitas. Este argumento queda respaldado por el nº Primero de la Orden del Ministerio de Economía y...

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