Circulares

AutorGorgonio Martínez Atienza
Cargo del AutorDoctor en derecho y licenciado en criminología
Páginas319-322

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Circular de la FGE 1/2013, de 11 de enero, sobre pautas en relación con la diligencia de intervención telefónica: Recoge las pautas exegéticas que se consideran suficientemente consolidadas en la doctrina del TC y en la jurisprudencia del TS. Circular de la FGE 10/2011, de 17 de noviembre, sobre criterios para la unidad de actuación especializada del Ministerio Fiscal en materia de seguridad vial: Concurso de normas entre los delitos de los apartados 1 y 2 del art. 379 CP, concurso de normas entre los delitos de los arts. 379 a 381 CP y concurso de normas entre los delitos de los párrafos primero y segundo del art. 384 CP; concurso real entre los delitos de los arts. 379 y 383 CP; y concurso ideal entre los delitos del art. 384 CP y de los arts. 379 a 381 CP.

Circular de la FGE 9/2011, de 16 de noviembre: Criterios para la unidad de actuación especializada del Ministerio Fiscal en materia de reforma de menores.

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Circular de la FGE 8/2011, de 16 de noviembre: Criterios para la unidad de actuación especializada del Ministerio Fiscal en materia de protección de menores.

Circular de la FGE 7/2011, de 16 de noviembre: Criterios para la unidad de actuación especializada del Ministerio Fiscal en materia de medio ambiente y urbanismo. Circular de la FGE 6/2011, de 2 de noviembre: Criterios para la unidad de actuación especializada del Ministerio Fiscal en relación a la violencia sobre la mujer.

Circular de la FGE 4/2011, de 2 de noviembre: Criterios para la unidad de actuación especializada del Ministerio Fiscal en materia de siniestralidad laboral.

Circular de la FGE 3/2011, de 11 de octubre: Reforma del Código Penal efectuada por la LO 5/2010, de 22 de junio, en relación con los delitos de tráfico ilegal de drogas y precursores.

Circular de la FGE 1/2011, de 1 de junio: Responsabilidad penal de las personas jurídicas conforme a la reforma del Código Penal efectuada por la LO 5/2010, de 22 de junio.

Circular de la FGE 4/2010, de 30 de diciembre: Se mantiene la vigencia de las Instrucciones 1/1992, sobre la tramitación de las piezas de responsabilidad civil; 8/2005, sobre el deber de información en la tutela y protección de las víctimas en el proceso penal; 2/2008 y 2/2010, sobre las funciones del Fiscal en las fases de instrucción y ejecución de los procesos penales.

El comiso interesado deberá extenderse a todos los efectos, medios, instrumentos, bienes y ganancias provenientes del delito o falta, incautados en el curso de la tramitación del correspondiente procedimiento penal; y se vigilará que en la aplicación del comiso no se produzcan situaciones contrarias al principio de proporcionalidad, aunque las ganancias o productos obtenidos mediante la actividad delictiva han de ser decomisados en su totalidad. Para hacer posible el cumplimiento del comiso de valor equivalente, se procurará que en el curso de la tramitación del procedimiento penal se cuantifique el valor de los medios o instrumentos con los que se haya preparado o ejecutado el delito, así como el producto y ganancias derivadas de la actividad criminal, de forma que cuando no sea posible su comiso por perdida...

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