Circulación y ejecución de decisiones: Una visión desde los tribunales españoles

AutorFrancisco Javier Forcada Miranda
Cargo del AutorMagistrado, jefe de sección del Servicio de relaciones internacionales del Consejo General del Poder Judicial y punto de contacto de la RJE-civil. Representante de España en la Red Internacional de Jueces de la Conferencia de La Haya. orcid.org/00000002-2775-0624
Páginas177-197
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Circulación y ejecución de decisiones:
Una visión desde los tribunales españoles
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Magistrado, jefe de sección del Servicio de relaciones internacionales del Consejo
General del Poder Judicial y punto de contacto de la RJE-civil.
Representante de España en la Red Internacional de Jueces de la Conferencia de La
Haya. orcid.org/00000002-2775-0624
Sumario: 1. Introducción.- 2. Las redes de cooperación judicial internacional del
Consejo General del Poder Judicial (REJUE-REDUE)-.3. Concreciones
REJUE y REDUE en apoyo a la labor aplicativa de la normativa europea.-
4. El Prontuario de Auxilio Judicial Internacional.- 5. La Comisión de
Actualización del Prontuario de Auxilio Judicial Internacional.- 6. La me-
cánica operativa de la EJN-civil.- 7. Seguimiento y evaluación de cara a la
revisión de los procedimientos europeos.
1. INTRODUCCIÓN
El objeto de la presente comunicación se centra en determinar la labor del
Consejo General del Poder Judicial apoyando el trabajo de jueces y magistra-
dos en la aplicación de la normativa europea relativa a los denominados pro-
cedimientos europeos y proporcionando una visión práctica de la labor que
al efecto realizan las redes de cooperación dependientes del Consejo General
del Poder Judicial y la Red Judicial Europea en materia civil y mercantil de la
Comisión Europea, en adelante RJE-civil.
No es desdeñable en absoluto la cada vez más demandada intervención del
Consejo General del Poder Judicial en labores de auxilio judicial internacio-
nal en apoyo de jueces y magistrados españoles en un marco de mayor ampli-
tud de cooperación jurisdiccional internacional. De hecho, la Ley Orgánica
del Poder Judicial atribuye al Pleno del Consejo General del Poder Judicial la
potestad reglamentaria, entre otras materias, para «la organización y gestión
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de la actuación de los órganos judiciales españoles en materia de cooperación
jurisdiccional interna e internacional» (artículo 560.1.16 letra k)1.
Esta comunicación presenta de forma esquemática la labor que desde el
Consejo General del Poder Judicial se realiza a través de sus redes nacionales
de cooperación internacional, a través del Prontuario y mediante su partici-
pación en la RJE-civil, por referencia específica a los que podríamos denomi-
nar el sistema de procedimientos europeos que englobamos en los siguientes
instrumentos:
Reglamento (CE) núm. 805/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo
de 21 de abril de 2004 por el que se establece un título ejecutivo europeo para
créditos no impugnados2; Reglamento (CE) núm. 1896/2006 del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, por el que se establece un
proceso monitorio europeo3; Reglamento (CE) núm. 861/2007 del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 11 de julio de 2007, por el que se establece un proceso
europeo de escasa cuantía4; y Reglamento (UE) núm. 655/2014 del Parlamento
Europeo y del Consejo de 15 de mayo de 2014 por el que se establece el procedi-
miento relativo a la orden europea de retención de cuentas a fin de simplificar
el cobro transfronterizo de deudas en materia civil y mercantil5.
2. LAS REDES DE COOPERACIÓN JUDICIAL INTERNACIONAL DEL
CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL (REJUE-REDUE)
En España, el Reglamento 1/2018, sobre auxilio judicial internacional y
redes de cooperación judicial internacional, aprobado por Acuerdo de 27 de
septiembre de 2018, del Pleno del Consejo General del Poder Judicial6, ha
procedido a dotar de una regulación moderna y detallada a las redes en mate-
ria internacional del Consejo General del Poder Judicial.
Se trata de dos redes judiciales, directamente dependientes del Consejo
General del Poder Judicial, cuya actividad incide en el ámbito internacional:
02 de julio de 1985.
2 DO L 143, de 30.4.2004, p. 15.
3 DO L 399, de 30.12.2006, p. 1.
4 DO L 199, de 31.7.2007, p. 1.
5 DO L 189, de 27.6.2014, p. 59.
6 BOE núm. 249, de 15 de octubre de 2018, páginas 100017 a 100030 (14 págs.)

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