Ciencia política y Derecho Constitucional

AutorAntonio López Álvarez
Cargo del AutorProfesor de Derecho Constitucional de la Universidad CEU Cardenal Herrera en Elche
Páginas51-54

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CIENCIA POLÍTICA Y DERECHO CONSTITUCIONAL

La Ciencia Política es aquella disciplina cientíica que estudia la actividad política en todas sus vertientes, y los efectos que los procesos y relaciones políticas tienen en la sociedad como estructura política de primer orden.

El Derecho Constitucional es el Derecho público fundamental que regula la organización y funcionamiento de los órganos del Estado, las instituciones y los principios que determinan el orden social y político.

Por ello, el conocimiento y estudio de ambas disciplinas resulta a todas luces necesario para un futuro graduado en Derecho, en lo que a la comprensión de realidad política se reiere. El entendimiento de la misma, de los órganos superiores del Estado y sus instituciones, ofrece una visión completa de fenómeno político y un conocimiento del funcionamiento de la estructura del poder, su legitimación y límites.

Caso práctico I
1. Objetivos

Este caso práctico tiene como objetivo analizar el sistema de garantías constitucionales presente en nuestra Constitución y su posibilidad real de ser implementado.

El estudio de las situaciones que dan lugar a las mismas, la legitimación para declararlo y el contenido de los derechos a los que afectan son elementos que un futuro graduado en Derecho debe conocer.

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2. Caso práctico

En el ejercicio constitucional del Derecho de manifestación una asociación decide manifestarse contra el sistema educativo en España. Convoca distintas manifestaciones en las principales ciudades del país y se producen numerosos altercados que dan como resultado el asalto por los manifestantes del Congreso, Senado y los principales Parlamentos autonómicos.

Con el objeto de preservar el orden público y garantizar la defensa de la Constitución, el Gobierno declara uno de los estados excepcionales previstos.

3. Preguntas a resolver

1.ª) ¿Qué estado excepcional puede declarar el Gobierno?

2.ª) ¿Qué procedimiento ha de seguirse para declararlo?

3.ª) ¿Se puede suspender durante el estado excepcional...

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