Chile: Chile punto cl. y punto com.

AutorRenato Jijena Leiva
CargoLicenciado en Ciencias Jurídicas y Sociales por la Universidad Católica de Valparaíso; Postgraduado en Derecho Informático por la Universidad de Zaragoza (España, 1990). Miembro del Colegio de Abogados de Chile A.G. Asesor de la Subdirección de Informática del SII; Profesor del Diplomado en E-Business de la U. de Chile.
  1. Es apasionante ver como el tema de la asignación y registro de las direcciones en Internet o “URL”, denominadas “Nombres de Dominio” o “Domain Names”, suscita debates nacionales e internacionales que apuntan a tratar de ordenar un tema que, por su importancia y novedad, no está definido ni acotado debidamente. Es, por cierto, una muestra patente de cómo las nuevas tecnologías de la información, las telecomunicaciones y en especial la red Internet están revolucionando la convivencia en sociedad. Reflexionemos con la esperanza que no se tergiversen las ideas o se desautoricen teorías de la mano de obviedades jurídicas, del invento de argumentos y de la incomprensión.

  2. No es errado entender que los llamados “nombres de dominio” de Internet son la representación en palabras de las direcciones numéricas o digitales –URL- que corresponden y permiten localizar o ubicar en Internet a los distintos equipos o servidores computacionales que se conectan a la red. El tema de la asignación y registro de nombres de dominio en Internet ha dado pie inicialmente a modalidades de autoregulación, porque no han sido consagradas en tratado internacional alguno las reglamentaciones que han elaborado –de facto- entidades mundiales interesadas y agrupadas en la ICANN o Corporación de Internet para la Asignación de Nombres y Números.

    Se trata de que toda entidad, empresa o persona natural que quiera mantener una página WEB en Internet estará interesada en tener debidamente inscrita su dirección virtual mediante “dominios” o nombres generalizados, los que tienen un valor de mercado y económico y pueden además constituir una “marca” susceptible de aprovechamiento comercial. Y esa identificación puede ser local o referida a un país determinado (fr, ar, cl, es, etcétera) o internacional, según sea la naturaleza de la entidad o persona respectiva (org, net, com, edu, “biz" para negocios, ".info", ".pro" para las páginas profesionales, ".museum", ".aero" para las de viajes, ".name" para las personales, etcétera).

  3. En relación al denominado nombre de dominio “punto cl”, en Chile se asignan e inscriben los nombres de dominio en un registro que administró pioneramente el Departamento de Ciencias de la Computación de la Universidad de Chile, donde está radicado el centro de información de redes o Net Information Center (NIC).

    Cuando asumieron en la Universidad el tema se ampararon en el principio de la autonomía de la voluntad y la autorregulación, y por ende cuando registran un nombre de dominio...

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