Decreto 13/2012, de 17 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regula el procedimiento de registro del certificado de eficiencia energética de edificios en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias. (BOCAN núm. 41, de 28 de febrero de 2012)

AutorEva Blasco Hedo
CargoResponsable de la Unidad de Investigación y Formación del CIEDA- CIEMAT
Páginas21-22

Page 21

Temas Clave: Eficiencia Energética; Edificación; Certificado; Registro

Resumen:

El presente Decreto pretende aplicar los principios de simplificación y agilización administrativa al procedimiento de certificación energética, siguiendo la línea marcada por el Decreto 48/2009, de 28 de abril, que persigue la modernización y mejora de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias. Al efecto, se modifica el procedimiento para el registro de los certificados establecido en el Decreto 26/2009, de 3 de marzo, implantándose la tramitación mediante comunicación previa vía telemática que facilitará a los técnicos la confección de los certificados y permitirá efectuar de forma automática su presentación e inscripción en el Registro, además de la impresión del propio certificado y de la etiqueta de eficiencia energética. Y todo ello en el marco de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de Acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos. Este reglamento tiene por objeto principal la regulación del procedimiento administrativo para la inscripción en el Registro Oficial de Certificados de Eficiencia Energética de Edificios y será de aplicación a los edificios ubicados en el territorio de la Comunidad Autónoma de Canarias que se hallen incluidos en el artículo 2 del Procedimiento Básico aprobado mediante el Real Decreto 47/2007, de 19 de enero.

En el Capítulo II se regulan los criterios necesarios para la expedición de los certificados de eficiencia energética de proyectos, edificios terminados o locales destinados a uso independiente, que se ajustarán a los modelos determinados en los Anexos 1, 2 y 3. Cada certificado se acompañará de la correspondiente etiqueta de eficiencia energética, que se ajustará a los modelos que se incluyen en el Anexo 4 de este Reglamento.

El procedimiento para la inscripción en...

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