Suspensión cautelar de la modificación del plan general que desclasifica el suelo rústico de protección agropecuaria para la ampliación de gravera. La Cistérniga (Valladolid)

AutorJose Antonio Ramos Medrano/Francisco Javier Ramos Díez
Cargo del AutorLicenciado en Derecho/Licenciado en Ciencias Ambientales
Páginas101-102

Page 101

Auto: TSJ de Castilla y León de 15 de julio de 2011 (Auto 835/2011)

Recurrente: Ecologistas en acción de Valladolid

La Comunidad Autónoma de Castilla y León aprobó en el año 2001 las Directrices de Ordenación del Territorio de Valladolid y Entorno, instrumento de ordenación territorial que, redactado por el Instituto Universitario de Urbanística de la Universidad de Valladolid, regulaba el área metropolitana en la que se han incluido 23 municipios que forman las dos coronas de municipios que rodean a Valladolid, ordenación que obtuvo un reconocimiento a nivel internacional1por la protección ambiental y la regulación del crecimiento de estos municipios.

Una de las diversas figuras de protección ambiental que recoge son las áreas de interés paisajísticos, histórico y agrícola (A.P.H.A.) “seleccionadas por la concurrencia de varios factores: suelos valiosos para el cultivo, diversidad y riqueza ecológica, calidad visual y existencia de estructuras agrarias históricas con valor patrimonial y paisajístico”2y dentro de estas 10 áreas de interés paisajístico, histórico y agrícola se encontraba una extensa finca de 245 ha. denominada “Fuentes del Duero” que colindaba con una actividad industrial dedicada a la extracción de zahorras, gravas y arenas. A pesar de que una de las ideas centrales de estas Directrices era la conservación del paisaje agrario tradicional, no tanto por su importancia económica, como por ser parte de la identidad local de estos espacios rodeados de ríos (Pisuerga, Esgueva, Duero, Cega y Adaja, arroyos Hontanija, Jaramiel y los canales de Castilla y Duero) por la presión económica de la industria extractiva se eliminó la protección que se otorgaba a esté terreno clasificado de protección agropecuaria pasando a ser considerado como suelo rústico común. De esta forma, en el año 2008 se aprueba la modificación de las Directrices de Ordenación de Valladolid y Entorno para posibilitar la actividad extractiva en esta finca y posteriormente el Ayuntamiento de La Cistérniga lleva a cabo la modificación del plan general pasando estos terrenos a tener la consideración de rústico común.

Ante ello, la asociación ecologista interpone el correspondiente contencioso administrativo contra la modificación del plan general, solicitando como medida cautelar la suspensión del acuerdo de modificación, dado los perjuicios irreparables que supondría el ejercicio de la actividad extractiva mientras se tramita el proceso judicial, petición...

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