Cataluña: presencia marginal del medio ambiente en una coyuntura política todavía inestable

AutorM. T. Vadrí Fortuny
Páginas1083-1114
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XXXVI
Cataluña: presencia marginal del medio ambiente en
una coyuntura política todavía inestable
MARIA TERESA VADRÍ FORTUNY
SUMARIO: 1. TRAYECTORIA Y VALORACIÓN GENERAL. 2.
INESTABILIDAD POLÍTICA (TRES ELECCIONES EN CINCO
AÑOS). CRISIS DE GOBIERNO. IMPOSIBILIDAD DE CUMPLIR
ADECUADAMENTE LOS SUCESIVOS PLANES DE GOBIERNO.
3. LEGISLACIÓN. 3.1 Normativa que incide en la función pública de
protección ambiental. A. Ley 3/2015, de 11 de marzo, de medidas
fiscales, financieras y administrativas. B. Ley 16/2015, de 21 de julio, de
simplificación de la actividad de la Administración de la Generalitat y de
los gobiernos locales de Cataluña y de impulso de la actividad
económica. 3.2 Normativa sectorial. A. Protección de animales. B.
Bosques. Montes. C. Control ambiental. D. Gestión de residuos. E.
Contaminación de aguas. Vertidos. F. Cambio climático. Contaminación
atmosférica. G. Contaminación lumínica. H. Formación ambiental. 4.
EJECUCIÓN. 4.1 Instrumentos económicos. 4.2 Modelo económico.
Cambio climático. 4.3 Espacios naturales. Prevención de incendios y
gestión forestal. Ordenación territorial. 5. CONFLICTOS. 5.1
Conflictividad ante el TC y el TSJC. 5.2 Otros conflictos. 6.
RESPONSABLES DE LA POLÍTICA AMBIENTAL DE LA
COMUNIDAD AUTÓNOMA. 6.1 Titulares de los principales órganos
de los Departamentos. 6.2 Titulares de las entidades y sociedades
públicas adscritas a los Departamentos. 7. APÉNDICE LEGISLATIVO.
8. BIBLIOGRAFÍA.
1. TRAYECTORIA Y VALORACIÓN GENERAL
Una adecuada valoración de las políticas ambientales en 2015 debe
considerar, sin duda, entre otros factores, los diferentes procesos
OBSERVATORIO DE POLÍTICAS AMBIENTALES 2016
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electorales que se han ido sucediendo en el mes de mayo (municipales),
septiembre (al Parlamento de Cataluña) y diciembre (generales). Está claro
que este contexto condiciona el adecuado desarrollo de las políticas
públicas previstas inicialmente para una legislatura de cuatro años, por
tanto, también de las ambientales. Las continuas contiendas electorales en
el segundo semestre de este período inciden evidentemente en el devenir de
la actividad de las diferentes instituciones públicas.
El anuncio, ya el 14 de enero de 2015, de elecciones anticipadas al
Parlamento dos años después de iniciada la legislatura, tras las elecciones
también anticipadas en 2012-, para el 27 de septiembre del mismo año,
provoca una situación de claro estancamiento e importante parálisis en la
acción del legislativo y del ejecutivo. En el anuncio de estas elecciones el
presidente de la Generalitat destaca que la decisión de convocarlas
permitirá “garantizar la continuación del proceso político de transición
nacional”. En esta línea, al hacer balance de la acción del ejecutivo a
principios del mes de enero, el presidente Mas la presenta dividida en
cuatro grandes ejes: reactivación económica y creación de empleo;
políticas sociales; transparencia y reforma de la Administración y derecho
a decidir y transición nacional. Sigue, por tanto, sin ocupar una posición
prioritaria, ni claramente visible, la intervención pública para la protección
del medio ambiente.
Si en el OPAM ’15 ya señalábamos la falta de acción estratégica y
de planificación general en las políticas ambientales, está claro que en este
período esta situación continúa agravándose, de modo que es evidente la
escasa entidad que ocupa el medio ambiente en el panorama de las políticas
públicas en Cataluña. Y ello tanto por el contexto de inestabilidad política,
como por no considerarse la función pública de protección ambiental como
uno de los ejes de la acción del gobierno autonómico, ni considerada como
función específica ni como función genérica, en el sentido que implica la
aplicación efectiva del principio de integración. Al contrario, como se verá,
diversas de las modificaciones introducidas siguen por la senda de la
simplificación en aras al fomento de las actividades económicas,
propiciando el incumplimiento del principio de no regresión ambiental.
Realizada esta constatación debe añadirse, no obstante, que el panorama
descrito no ha supuesto, como se verá a continuación, una ausencia
absoluta de intervención.
En este sentido, deben ser objeto de nuestra atención algunas
novedades en el marco legislativo por su repercusión en relación al marco
normativo ambiental de Cataluña. Como se verá, nos encontramos, como
ya es habitual en cada período, con numerosas modificaciones legislativas
que tienen su origen en normas con rango de ley que, de modo transversal,
XXXVI. CATALUÑA: PRESENCIA MARGINAL DEL MEDIO AMBIENTE
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inciden en un gran número de sectores y ámbitos de intervención (vid.
apartado 3 la Ley 3/2015 y la Ley 16/2015). Debemos dar noticia también
de un buen número de normas reglamentarias que se han aprobado en
diversos ámbitos y sectores de intervención ambiental. Se trata de normas
que, en unos casos, se refieren a ámbitos materiales muy específicos y, en
otros, desarrollan de modo completo las previsiones del marco legislativo
previo.
En el capítulo dedicado a la ejecución, además de la situación
presupuestaria que se describe (vid. apartado 4), en 2015 hallamos diversos
instrumentos tanto por lo que se refiere a su naturaleza como a los sectores
o ámbitos en los que se aplican. Son notables las numerosas acciones
dirigidas al fomento de actuaciones y conductas relativas a las buenas
prácticas ambientales. En el marco de las medidas de ejecución veremos
cómo destaca también una tendencia ya observada en otros períodos como
es la de intervenir mediante documentos estratégicos y programáticos en
distintos ámbitos. Deben añadirse también, no obstante, algunos ejemplos
de instrumentos típicos de planificación aprobados en 2015.
Finalmente, en el apartado de conflictos ponemos de relieve algunas
sentencias del TSJC, por el objeto de controversia, y algunos conflictos
entre el Estado y la Generalitat, por sus consecuencias en relación a la
aplicación efectiva de las políticas medioambientales. Asimismo nos
parece de interés dar cuenta de otros conflictos ambientales que se han
abierto o siguen abiertos en esta etapa objeto de análisis.
2. INESTABILIDAD POLÍTICA (TRES ELECCIONES EN
CINCO AÑOS). CRISIS DE GOBIERNO. IMPOSIBILIDAD DE
CUMPLIR ADECUADAMENTE LOS SUCESIVOS PLANES DE
GOBIERNO
Conviene insistir en que, al menos, por lo que respecta al análisis de
la intervención pública ambiental, está claro que desde el año 2012 (vid.
los respectivos estudios dedicados a Cataluña en los sucesivos OPAM) la
falta de estabilidad política incide en el adecuado desarrollo de las
funciones públicas responsabilidad de las instituciones públicas catalanas.
Después de unas primeras elecciones ya anticipadas en 2012, por
Decreto 174/2015, de 3 de agosto, el presidente de la Generalitat convoca
las elecciones anticipadas al Parlamento de Cataluña en la fecha que ya se
había anunciado en el mes de enero (27 de septiembre de 2015).
Celebradas las elecciones, obtienen representación las siguientes fuerzas

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