Cataluña: ¿una parálisis que se cronifica? el medio ambiente no tiene la culpa

AutorM.T. Vadrí Fortuny
Páginas963-994
XXXV. CATALUÑA: ¿UNA PARÁLISIS QUE SE CRONIFICA? EL MEDIO AMBIENTE…
963
XXXV
Cataluña: ¿una parálisis que se cronifica? El
medio ambiente no tiene la culpa
MARÍA TERESA VADRÍ FORTUNY
SUMARIO: 1. TRAYECTORIA Y VALORACIÓN GENERAL. 2.
LEGISLACIÓN. 2.1 Normativa que incide en la función
pública de protección ambiental. 2.2 Normativa sectorial. 3.
ORGANIZACIÓN. 4. EJECUCIÓN. 4.1 Instrumentos
económicos. 4.2 Instrumentos estratégicos: planes, programas,
agendas y pactos nacionales. 5. RESPONSABLES DE LA
POLÍTICA AMBIENTAL DE LA COMUNIDAD
AUTÓNOMA. 5.1 Titulares de los principales órganos de los
Departamentos. 5.2 Titulares de las entidades y sociedades
públicas adscritas a los Departamentos. 6. APÉNDICE
LEGISLATIVO. 7. BIBLIOGRAFÍA.
1. TRAYECTORIA Y VALORACIÓN GENERAL
Si en el OPAM ’16 hablábamos de parálisis en relación con las
políticas ambientales, en el 2017 la crisis política que va cristalizando entre
el Estado y Cataluña conduce, sin ser demasiado pesimistas, a un panorama
de cronificación de esa parálisis, a una situación de claro estancamiento. Si
ya en los meses anteriores y consecuencia del denominado “procés” se
había producido una escasa acción legislativa y ejecutiva, el cese del
presidente de la Generalitat y de los consejeros que conformaban el
Ejecutivo, así como las medidas que se aplican como consecuencia de la
aplicación del art. 155 CE, son el punto culminante de esa situación (Real
Decreto 942/2017, de 27 de octubre, por el que se dispone, en virtud de las
medidas autorizadas con fecha de 27 de octubre de 2017 por el Pleno del
XXXV. CATALUÑA: ¿UNA PARÁLISIS QUE SE CRONIFICA? EL MEDIO AMBIENTE…
964
Senado, respecto la Generalitat de Cataluña en aplicación del art. 155 de la
Constitución, el cese del M.H. Sr. Don Carles Puigdemont i Casamajó y
Real Decreto 943/2017, de 27 de octubre, por el que se dispone, en virtud
de las medidas autorizadas con fecha de 27 de octubre de 2017 por el Pleno
del Senado, respecto la Generalitat de Cataluña en aplicación del art. 155
de la Constitución, el cese del Vicepresidente de la Generalitat de Cataluña
y de los Consejeros integrantes del Consejo de Gobierno de la Generalitat
de Cataluña). A partir del mes de octubre se produce la paralización
absoluta del ejercicio de la acción política de la Generalitat de Cataluña. Es
imprescindible pues, tomar en consideración que analizamos en este
OPAM las políticas ambientales en un período (que es y ha sido) convulso,
en el que ha estallado la mayor y más grave crisis política en nuestro
Estado desde la restauración de la democracia y la aprobación de la
Constitución de 1978.
Al cierre de esta crónica resulta absolutamente desalentador el
panorama actual y es totalmente impredecible e incierto cuál puede ser el
final de este conflicto que requiere de un alto grado de responsabilidad y
madurez política e institucional que, hasta el momento, parece que es
escasa, por no decir totalmente inexistente, entre los que están legitimados
para decidir sobre el futuro y el bienestar de los ciudadanos. En este
contexto un ejercicio eficaz de la función pública de protección del medio
ambiente resulta poco probable si no imposible.
Para situar el análisis y sin entrar en un detalle pormenorizado de los
hechos acaecidos y sus variadas y controvertidas consecuencias políticas,
jurídicas, judiciales e institucionales, nos referimos a continuación a los
episodios más significativos que en este, sin duda, período histórico se
sitúan a finales de 2016 y en 2017.
Después del rechazo a los presupuestos para el 2016 al no obtener
el apoyo de la CUP- (junio 2016) el Presidente de la Generalitat se somete
a una cuestión de confianza en septiembre de 2016, en la que anuncia la
celebración del referéndum sobre la independencia en septiembre de 2017.
Superada la cuestión, unos días más tarde se celebra el debate de política
general en el Parlamento que finalizará con la aprobación (el día 6 de
octubre), entre otras de la resolución en la que se insta al Gobierno a
celebrar un referéndum vinculante sobre la independencia como máximo
en septiembre de 2017. El día 9 de junio de 2017 el Presidente de la
Generalitat anuncia el referéndum para el día 1 de octubre.
El devenir de los acontecimientos y la forma en que el Gobierno va
asumiendo sus compromisos en relación al “procés” provocará una
importante crisis en el ejecutivo catalán que se inicia, a principios del mes
XXXV. CATALUÑA: ¿UNA PARÁLISIS QUE SE CRONIFICA? EL MEDIO AMBIENTE…
965
de julio de 2017, con el cese del consejero de Empresa y Conocimiento (J.
Baiget) y que sigue con el cese de la Consejera de Presidencia y portavoz
del Gobierno (N. Munté), de la Consejera de Educación (M. Ruiz) y del
Consejero de Interior (J. Jané). Meses más tarde (octubre 2017), y antes del
cese de todos los consejeros por la aplicación del art. 155, se producirá aún
otra baja significativa, la de S. Vila (anterior Consejero de Cultura), que
había sustituido al cesado J. Baiget en la cartera de Empresa y
Conocimiento.
A finales del mes de julio, la controvertida modificación del
Reglamento del Parlamento de Cataluña (25 de julio) –suspendida
inicialmente por el TC y declarada constitucional por la STC de 29 de
noviembre de 2017- es el paso previo para la tramitación en aplicación,
finalmente, del art. 81.3 del Reglamento, en dos sesiones convulsas y
tensas -los días 6 y 7 de septiembre-, de la Ley 19/2017, de 6 de
septiembre, del referéndum de autodeterminación (que dará paso a la firma
del Decreto 139/2017, de 6 de septiembre, de convocatoria del referéndum
de autodeterminación de Cataluña para el día 1 de octubre) y de la Ley
20/2017, de 8 de septiembre, de transitoriedad jurídica y fundacional de la
República. Las dos leyes serán suspendidas (Providencias de 7 y 12 de
septiembre 2017), como consecuencia de la admisión a trámite de los
recursos de inconstitucionalidad interpuestos por el Gobierno del Estado
contra las dos leyes (Recursos de inconstitucionalidad núm. 4334-2017 y
4386-2017) y, posteriormente, declaradas inconstitucionales y nulas (SSTC
de 17 octubre y 8 de noviembre de 2017).
El día 1 de octubre y pese a la suspensión de la Ley 19/2017, de 6 de
septiembre, del referéndum de autodeterminación, del Decreto 139/2017,
de 6 de septiembre, de convocatoria del referéndum y del Decreto
140/2017, de 6 de septiembre, de normas complementarias para la
realización del referéndum de autodeterminación en Cataluña, se celebra el
referéndum. El día 10 de octubre el presidente de la Generalitat comparece,
a petición propia, ante la cámara legislativa para informar de la situación
política en Cataluña. Aunque se considera que se había obtenido una
respuesta mayoritaria en favor de la independencia, el Presidente propone
al Parlamento la suspensión de la anunciada declaración de independencia
durante unas semanas para entrar en una etapa de dialogo a la vez que se
solicita la implicación de la comunidad internacional. Finalizada la sesión
–y para frenar las tensiones que provocan las palabras del presidente- los
diputados independentistas (JxSí y la CUP) firman una propuesta de
declaración de independencia (simbólica, puesto que ni se registra ni se
vota en el Parlamento) en la que los firmantes “constituyen la República

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR