Cataluña establece medidas urgentes en el ámbito del impuesto sobre las estancias en establecimientos turísticos (Decreto Ley 36/2020)

AutorDr. Carlos Javier Durá Alemañ
CargoInvestigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Páginas169-169
Recopilación mensual n. 107, diciembre 2020
169
Publicado en Actualidad Jurídica Ambiental el 11 de diciembre de 2020
Cataluña establece medidas urgentes en el ámbito del impuesto sobre las estancias
en establecimientos turísticos (Decreto Ley 36/2020)
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación
del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: DOGC número 8264 de 5 de noviembre de 2020
Palabras clave: Covid 19. Medio Ambiente. Turismo. Establecimientos turísticos.
Resumen:
En los últimos meses, las consecuencias sanitarias, sociales y económicas derivadas de la
pandemia de la COVID-19 han hecho que el Gobierno de la Generalidad de Cataluña haya
aprobado una serie de medidas para paliar sus efectos.
Con el presente Decreto ley se aprueban dos nuevas medidas en el ámbito tributario, y se
estructura en dos capítulos, uno para cada medida.
En relación con el impuesto sobre las estancias en establecimientos turísticos (capítulo 1),
hay que señalar que el Decreto ley 23/2020, de 9 de junio, de medidas urgentes en materia
tributaria, aplazó hasta el 1 de enero del 2021 la entrada en vigor del incremento de las tarifas
del impuesto y la aplicación del recargo en la ciudad de Barcelona, aprobados por la Ley
5/2020, del 29 de abril, de medidas fiscales, financieras, administrativas y del sector público
y de creación del impuesto sobre las instalaciones que inciden en el medio ambiente, que
debían entrar en vigor inicialmente el 1 de julio del 2020.
A día de hoy, la situación sanitaria hace difícil prever que a 1 de enero del 2021 los
establecimientos turísticos funcionen con normalidad, por lo que se estima necesario
posponer una vez más la entrada en vigor de las tarifas y del recargo aprobados por la Ley
de medidas mencionada y que estaban previstas para una “normalidad” en la actividad
turística. Así, en el artículo 1 se aplaza la entrada en vigor de los incrementos y del recargo
mencionados hasta el 1 de junio del 2021.
Entrada en vigor: El 6 de noviembre de 2020
Enlace: Decreto Ley 36/2020, de 3 de noviembre, de medidas urgentes en el ámbito del
impuesto sobre las estancias en establecimientos turísticos y del impuesto sobre la renta de
las personas físicas.

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