El caso appiah

AutorJuan de Dios Crespo Pérez - Ricardo Frega Navía
Páginas228-231

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Ver nota 185

El jugador Appiah fue condenado por la FIFA a pagar al Fenerbahçe la suma de 2.281.915 Euro186por ruptura de contrato sin justa causa.

Apelada la decisión por ambas partes ante el TAS, reclamando el club turco una suma algo superior a 12 millones de Euro y el jugador no abonar nada ya que rescindió con justa causa, pero también indicaba que si no se estimaba su justa causa, la indemnización debería ser cero.

Siendo el caso un asunto médico donde existen fallos por parte del club en no suministrar una medicación adecuada pero donde los médicos de una y otra parte no se ponen de acuerdo en saber quien y hasta donde existe el fallo en no suministrar un específico medicamento antes y después de la operación quirúrgica a la que fue sometido el futbolista, no estuvo nada obvia la decisión a tomar.

La formación arbitral determinó que:

  1. El jugador no tenía permiso para ausentarse del club por un tiempo indefinido.

  2. El club dio indicaciones válidas y claras para que volviera al club.

  3. El jugador pudo rescindir el contrato pero prefirió quedarse y cumplir con el mismo.

  4. Las explicaciones dadas por el jugador para no volver a Turquía no son ni convincentes ni adecuadas.

  5. Que no demostró ningún motivo de incumplimiento por el club.

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  6. Que el club no es responsable de ninguna mala praxis médica.

    En definitiva, el jugador es quien incumplió el contrato y sin justa causa. Con ello debería ser fácil entender que debería haber abonada una suma indemnizatoria (tal y como FIFA decidió), pero no fue así y veremos ahora porqué.

    De acuerdo con el artículo 17, la formación estima que:187"By asking the judging authorities to duly consider a whole series of elements, including such a wide concept like "sport specificity", and asking the judging authority to even consider "any other objective criteria", the authors of article 17 of the FIFA Regulations achieved a balanced system according to which the judging body has on one side the duty to duly consider all the circumstances of the case and all the objective criteria available, and on the other side a considerable scope of discretion, so that any party should be well advised to respect an existing contract as the financial consequences of a breach or a termination without just cause would be, in their size and amount, rather unpredictable. At the end, however, the calculation made by the judging authority shall be not only just and fair, but also transparent and...

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