La capacidad jurídica de la mujer casada (Aspectos históricos, sociológicos y de derecho positivo) (Continuación)

AutorEnrique Fosar Benlloch
CargoNotario
Páginas485-456

Page 485

Capítulo XIV

EL MOVIMIENTO DE LIBERACIÓN DE LA MUJER Y EL PROBLEMA DE SU CONDICIÓN JURÍDICA

Al jurista que estudia el problema de la capacidad jurídica de la mujer, en sentido amplio-esto es, su posición jurídica en el matrimonio y en la familia, en los aspectos personales y patrimoniales-parece que no debe interesarle un movimiento tan polifacético y aparentemente alejado de las preocupaciones del investigador del Derecho como el llamado Movimiento de Liberación de la Mujer (Women's Liberation).

Sin embargo, tal conclusión creo es precipitada y es preciso al menos, tomar conciencia del problema que las mujeres y hombres enrolados en dicho movimiento plantean, de su marco geográfico y sociológico concreto y de las implicaciones que en el tema objeto de mi estudio pueden tener sus reivindicaciones sustanciales.

Las reformas que en la condición legal de la mujer han realizado las legislaciones, no han colmado, en modo alguno, las aspiraciones de las más conscientes de ellas. Podría decirse que es una ley histórica que Page 486 a las mujeres se les ha concedido «demasiado tarde y demasiado poco» de sus reivindicaciones.

En lo que podría llamar la «revolución francesa» de la mujer, se les ha concedido la equiparación con el varón en el campo del Derecho Privado y Derecho Público. A dicha fase corresponde el feminismo militante y el sufragismo del siglo XIX y principios del xx.

En la fase que podría considerarse la «revolución soviética» de la liberación de la mujer se ha mejorado su status económico, mediante una legislación social protectora que ampara su condición profesional y las particularidades derivadas de su condición de mujer de hogar y madre.

Sin embargo, para un observador atento la analogía entre la reforma legal de la condición de la mujer y tales movimientos revolucionarios de alcance mundial e incalculables consecuencias históricas, no pasa de ser irrisoria.

En efecto, ni siquiera en los países más avanzados.de Occidente se ha conseguido la igualdad formal ante la ley de varones y mujeres. Las leyes que he enumerado en el apartado anterior dejan bien a las claras entrever que subsisten profundas disparidades entre la condición legal de la mujer y del varón, en el matrimonio singularmente, pero también fuera de él. Tal vez constituyan una excepción las de los países socialistas, pero también el papel de la ley en estos países tiene menor importancia, por lo mismo que es el aparato productivo estatal en definitivo el que prepondera, de un modo abrumador, en la vida de las personas. No tiene mucho sentido hablar de la igualdad legal absoluta de varones y mujeres en los países socialistas si el sistema de la producción y el educativo no brindan la misma igualdad de oportunidades a unos y otras.

La emancipación económica de la mujer tampoco se ha logrado plenamente en ningún país del mundo: la mujer con casi absoluta unanimidad percibe menores sueldos por iguales trabajos que el hombre, ocupa las profesiones más desprestigiadas de la sociedad, trabaja muchas veces temporalmente, tiene un menor nivel de instrucción y sufre un mayor paro laboral que aquél.

Hablar en tal sentido de una «revolución soviética» de la condición económico-social de la mujer no deja de ser una broma de mal gusto para las mujeres dotadas de sentido crítico.

Frente a las afirmaciones de los sociólogos conservadores de que la sociedad americana es un matriarcado, regido por mujeres, de que las mujeres en América controlan la mayor parte del fabuloso capital de las sociedades anónimas, las militantes enroladas en el «Movimiento de liberación» afirman que tal matriarcado es una ilusión, que las mujeres están sujetas a todas las discriminaciones características de una sociedad patriarcal, hecha por y para los hombres, y sobre todo, que la psicología Page 487 profunda de todos, hombres y mujeres, está condicionada desde hace milenios para imponer-el varón-y para sufrir-la mujer-la jerarquía sexual patriarcal.

Aranguren 81 se pregunta cuál es la meta, el objetivo del Movimiento de Emancipación de las mujeres. Y responde con Alice Rossi que «se ha tomado conciencia mucho antes de la desventaja social de la raza yde la clase económica que de la impuesta por el sexo. Una mujer encuentra grandes dificultades, multiplicadas si se casa para abrirse camino profesional, llegar a ocupar puestos importantes en el profesorado o en la investigación científica, tener plena independencia jurídico-económica, desempeñar cargos públicos, gozar de una libertad amorosa y sexual semejante a la del hombre».

No es admisible-sería grosero y anticientífico-confundir el movimiento de liberación de la mujer con la llamada revolución sexual. Mucho menos con el libertinaje universal indiscriminado. Las Women's lib más conscientes consideran que tal revolución, la supresión de todos los tabúes sexuales en el comportamiento erótico de la mujer, no la sacaría, como vio Simone de Beauvoir y recuerda Aranguren 82, de su confinamiento erótico, de su ser con referencia al hombre.

Las reivindicaciones de las mujeres son, según Aranguren, la económico-profesional, la legal y la política, la familiar y la religiosa.

Para Aranguren 83 «el núcleo último de la dificultad está en la familia-la actual familia nuclear o conyugal-como institución social. Pero una repulsa de la institución familiar que las más radicales de las liberacionistas propugnan, pone en cuestión los fundamentos religiosos morales de nuestra cultura, y globalmente, la cultura misma».

Muy razonablemente el mismo autor pregunta frente a la tesis, hoy por hoy utópica de Juliet Mitchell de que la familia nuclear se autodisolverá, por pérdida total de su función, como se disolvió la familia extensa o consanguínea, que mientras no desaparezca esta familia reducida o conyugal, a la mujer, ¿qué solución aquí y ahora se le ofrece? 84. Y afirma que caban reformas en la familia, pero no una solución de recambio a menos que a la revolución de las actuales formas de aquélla proceda una revolución cultural 85 (85 bis.

Page 488Algunas de las ramas más radicales del Movimiento, atacan-como apunta Aranguren-a la familia moderna conyugal, igualitaria, fundada en el trabajo del hombre y en la actividad hogareña y profesionalmente subordinada de la mujer, como la última tentativa del sistema patriarcal para seguir subordinando a la mujer.

Al atacar tal modelo occidental de familia-casi diría mundial, pues, los procesos socioeconómicos del momento actual son casi uniformes en todo el mundo-atacan también al movimiento reformista, difuso, pero no menos operante en todas las esferas de la sociedad occidental, que pretende mejorar la condición de la mujer.

Lógicamente el temor a las ideas del Movimiento puede retraer a sectores importantes del conservadurismo occidental, de continuar el proceso largo, inacabable, de promoción de la mujer.

Para algunos países ultraconservadores, como Portugal 85 ter, las ideas del Movimiento pueden ser cómodos pretextos para no iniciar siquiera lo que es ya viejo de muchos decenios en Europa: la supresión de la autoridad patriarcal del varón en el matrimonio.

Es posible que los círculos jurídicos interesados en la reforma de la legislación familiar ignoren totalmente las aspiraciones del Movimiento, y sigan su camino reformista sin tener en cuenta los positivos estudios, acerca de la condición de la mujer que las ramas más moderadas del mismo han realizado.

En la medida en que tales estudios sean tenidos en cuenta y sean confrontados con los restantes datos que suministran las Ciencias del Hombre, y el conocimiento empírico de la realidad sociopolítica por los. juristas reformistas, la labor de reforma de la condición jurídica de la-mujer no operará sobre el vacío, sino será fecunda y actuante.

Las más moderadas de las mujeres que integran el Movimiento, no pretenden destruir el matrimonio ni la familia, sino reformar, humanizar las estructuras sociales para que ni el matrimonio ni la familia sean una opresión para la mujer. Pretenden que se suprima la competitividad exagerada de la moderna sociedad de consumo, se adopte el principio Page 489 cooperativo frente al principio competitivo, se extienda a todos los seres humanos la calidad de la vida, se libere a la mujer de cuantas discriminaciones y tabúes la han encadenado durante milenios, actuando en las esferas de la educación, legislación, medios de masas, dinámica de pequeños grupos, de forma que vaya cambiando el condicionamiento del subconsciente social que destine al varón a la competición y a la mujer a la pasividad.

Dentro de este orden de ideas, de la reforma de la propiedad, de la educación, de la empresa, de la política y de la sociedad toda, al liberarse la mujer se liberaría también al hombre, obligado ahora, quiéralo o no, a mantener el rol dominante, predador, que milenios de cultura patriarcal han inflitrado en su subconsciente. Rol que muchas veces es destructor de su felicidad y no pocas de su equilibrio psíquico.

El jurista, como jurista y como ciudadano que es de pleno derecho, tiene que estar disponible a toda esta problemática que preocupa en el momento actual a los mejores pensadores de Occidente. Como defensor que es de los derechos humanos de los ciudadanos, no puede remitirse fríamente a las leyes que consagran sobre el papel la igualdad de derechos de varones y mujeres. Mucho menos cuando tal igualdad-como en España-no ha sido lograda ni siquiera en el Boletín Oficial del Estado. Debe tomar conciencia que tales derechos humanos no han sido desenvueltos y consagrados en la praxis social de ningún país, ni siquiera los más avanzados socialmente. Debe suministrar las fórmulas jurídicas necesarias para el avance social de la mujer, conociendo todos los datos que las...

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