Los capítulos de 1709 para el corregidor de Castellón. Estudio introductorio

AutorSergio Villamarín Gómez
Páginas351-374

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Breves apuntes sobre los inicios de la nueva planta

Tras la derrota austracista en la batalla de Almansa, se inicia en Valencia un segundo reinado para Felipe V. Durante el primero el respeto a la legalidad foral había presidido su relación con el reino, pero ahora las cosas iban a cambiar drásticamente 1. Las medidas inmediatas adoptadas por las nuevas autoridades, suponían vulneraciones de la práctica foral, no obstante, nada hacía pensar, al menos entre los borbónicos valencianos, el giro que iban a tomar los acontecimientos. Buena prueba de ello, nos la proporciona el ayuntamiento de la capital. Con el consentimiento de los recién nombrados por las autoridades, se elabora un memorial protestando por la supresión de fueros de junio de 1707. El resultado de esta iniciativa será el encarcelamiento y destierro de sus autores, entre ellos el elegido jurat en cap del ayuntamiento, destacado partidario borbónico 2.

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Y es que la monarquía no estaba dispuesta a desaprovechar la favorable coyuntura que se le presentaba para reformar un sistema que le resultaba incómodo, y transformarlo en otro más propicio a sus intereses. De nada iban a servir las recomendaciones del consejo de Aragón, que señalaban algunos cambios para fortalecer la intervención real, pero conservando el aparato político administrativo previo a 1707 3. La voluntad de reforma era, sin embargo, demasiado grande y acabaría por afectar al propio consejo de Aragón... 4.

La nueva planta iba a transformar la vida política del reino. No sólo se iban a suprimir algunas instituciones emblemáticas, como la generalidad 5 o las cortes 6, también la vida social y política iban a sufrir las consecuencias, ya fuera en el ámbito privado o en el público 7.

Una rápida reflexión sobre los problemas de la implantación del modelo castellano en Valencia, nos aproxima a la compleja realidad que supone la nueva planta. A las dificultades propias del cambio hay que sumar el marco de actuación: una guerra que limitaba sensiblemente la capacidad de maniobra de sus protagonistas, que, además, no parecían tener claro el medio para lograr sus fines. Podemos recurrir a numerosos ejemplos. Desde las vicisitudes de las alcabalas cientos y millones hasta convertirse en el equivalente 8; a los avatares de las recién erigidas chancillerías y que acabarán convirtiéndose de nuevo en audiencias por los problemas de su articulación con el capitán general 9. Por no mencionar los problemas con la administración hacendística, hasta el asentamiento de la figura del intendente 10. Estaba claro el propósito, pero no cómo alcanzarlo...

A diferencia de lo acontecido en Valencia, la derrota austracista no iba a suponer alteraciones inmediatas en el municipio castellonense. De hecho, sus responsables no son apartados de los cargos hasta que llega el momento de su Page 353 renovación. Cuando así sea, ésta se producirá guardant furs y Privilegis del present regne, usos, ordenacions y estatuts de dita vila. Lo que significa que se respetará el sorteo entre los insaculados en las bolsas municipales 11. A mediados de junio resultarán elegidos de este modo los miembros del futuro consell general 12.

Desde la corona apenas se ha mostrado interés por interferir en esta elección. Ni se han purgado las listas de desafectos antes del sorteo, ni se cambia el resultado que éste arroja. A favor de esta situación posiblemente haya jugado la escasa significación de los representantes castellonenses a lo largo del conflicto, y la relativa importancia de este municipio. Desde Madrid, los esfuerzos se centran en Valencia, no sólo por su propio interés, sino también porque en ella residen las principales instancias de gobierno 13.

Así, en la capital de la Plana nos encontramos con un cabildo de elección foral en junio de 1707. Representantes ciudadanos que se convertirán en los protagonistas de la implantación de la legislación castellana. A finales de septiembre, el decreto de abolición de los fueros de junio de 1707, comienza a surtir efecto. Con fecha de 20 de dicho mes se celebra el último consell general como tal 14. El asunto debatido es la necesidad de utilizar papel sellado en virtud de una orden de la chancillería. A falta de más datos en los libros del ayuntamiento, la coincidencia de fechas señala a la instrucción de 7 de septiembre de 1707, como portadora del paso a normas castellanas para los municipios alejados de la capital 15. Hasta ese momento el municipio había continuado funcionando según su secular tradición 16.

Esto no significa que el cambio se instale sin más. Al contrario, es ahora cuando se desatan todas las dudas. La reunión de 27 de septiembre es buena prueba de ello. El viejo ayuntamiento foral modificará su denominación para adaptarlo a la terminología castellana. Los jurados se han convertido en regidores, los consellers en consejeros, y en lugar del justicia encontramos a un alcalde mayor 17. En diciembre del mismo año, bajo el apartado "Libro de Page 354 Ayuntamientos y Concejos de la Villa de Castellón de la Plana del año 1707 y 1708, 1709 y 1710" 18, se advierte que no queda ni rastro del temor expresado en Valencia hacia las reuniones del consell general como fuente de futuras complicaciones 19. En Castellón se siguen reuniendo, ahora simplemente se llaman consejeros.

De este modo continuarán hasta febrero de 1708, cuando el escribano municipal, Pedro Vidal, informe de las decisiones del gobierno. Por un lado, la disposición real que obliga a los ayuntamientos a regirse por la planta castellana. Así lo indica un despacho, fechado el 25 de enero de 1708, cuyo cumplimiento resulta absolutamente inexcusable. Por otro, los planes del militar francés D`Asfeld, respecto al municipio castellonense. Éste, aprovechando la voluntad expresada por Berwick 20 sobre "la aprobazión de las justizias que en este reyno se deven elegir al pie de Castilla...", ha elegido y nombrado a los nuevos responsables municipales. La orden concluye señalando, "...que lo usen y exerzan por espazio de un año más o menos, tiempo en el que su Magestad bien visto fuese arreglándose en el juramento, en el gobierno, en las baras y en la administración de justizia a las leies de Castilla..." 21.

Pero no terminan aquí las novedades. En la siguiente reunión consignada en los libros municipales, aparece por primera vez un corregidor. El elegido es Jerónimo Egual y Miguel, caballero de la Orden de Montesa, sin que conste nada acerca de su nombramiento. Dados los antecedentes, no resulta aventurado señalar a D`Asfeld como su responsable más probable. A la vez, en la reunión ya no queda rastro alguno de los consejeros 22. Las leyes castellanas parecían ir consolidándose poco a poco... Pese a que el consistorio recién elegido se muestra activo en el desempeño de sus cargos 23, D`Asfelfd introducirá pronto Page 355 reformas. El gobernador militar José Antonio de Valdenebro y Tapia, se presenta ante los regidores como nuevo corregidor en virtud de una orden del caballero francés. Según el relato del escribano municipal, la carta que lo instituye en el cargo dice así:

El rey ha resuelto que toda la jurisdicción que en el partido de essa Governación hubiera tener un corregidor, recayga en Vsa. que escusando ministros y salarios administre Vsa. una y otra jurisdicción tomando alcalde mayor en las causas de Justicia, assí lo executará Vsa. y de haberlo echo me dará aviso para pasarlo a noticia de su Mgtad. la Divina Guarde a Vsa. Campo de Brayera y Junio quatro de mil seetsientos y ocho. BL. M. de Vsa. su mayor servidor el cavallero D`Asfeld. Sr. Dn. Joseph Antonio de Valdenebro y Tapia 24.

Por supuesto, la orden es aceptada inmediatamente, y ya en la siguiente reunión el antiguo gobernador militar preside en su nueva condición.

No debemos extrañarnos de estas medidas. La coyuntura en el reino valenciano, todavía en guerra, favorecía las intromisiones de los militares. El mismo D`Asfeld no se había limitado en sus nombramientos a la ciudad de Castellón. Idéntica actitud había mantenido desde inicios de 1708 en otros municipios como Alzira, Orihuela, Alcoy o Morella 25. Asimismo, este nombramiento de corregidor de D`Asfeld se produce instantes después del realizado en junio para Valencia en la figura de su gobernador militar Antonio del Valle. Igual que allí, también desaparece el corregidor que existía hasta el momento 26. Mientras todo esto sucedía, tanto la recién creada chancillería, como el gobierno trataban infructuosamente de aprobar un plan definitivo que contuviera la planta corregimental del reino 27.

La chancillería valenciana y la cámara de Castilla eran abiertamente contrarias a las medidas de D`Asfeld. Por todo ello, desde la primera, su presidente Larreátegui mandó una orden suspendiendo a Valdenebro en sus funciones. En ella le conmina a mantenerse alejado de cualquier forma de ejercicio de poder político o jurisdicción. Debía limitar sus tareas a las meramente militares. Quedan como garantes del cumplimiento de esta disposición los regidores. Orden que repitió al municipio el 14 de septiembre, reiterándoles la privación de Valdenebro de todas las tareas no militares 28.

Así se mantienen las cosas hasta la llegada de un nuevo título de corregidor en febrero de 1709. Éste ha sido expedido por el rey en real cédula de 23 de Page 356 enero de 1709, y el cargo recae en el gobernador militar de la villa, de nuevo José Antonio de Valdenebro y Tapia. Esta vez el nombramiento procede del rey, y lo que es más importante, viene acompañado de unos capítulos para el ejercicio del cargo. Ambas órdenes vienen firmadas por Juan Milán de Aragón, secretario del consejo 29.

La importancia de estas instrucciones trasciende los límites de la ciudad de la Plana. No sólo por lo temprano de su fecha de realización, sino también por su contenido. A pesar de la instalación de...

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