Capítulo primero Principios generales

AutorJosé Arregui Gil
Cargo del AutorMagistrado. Doctor en Derecho

Además de los principios generales que informan el total Ordenamiento civil navarro, según la ley 4, y de los principios fundamentales, que, según el Título I del Libro II del Fuero Nuevo lo son en Derecho navarro para las donaciones y sucesiones, en el Capítulo primero de este Título VIII, para las sustituciones, las leyes que lo integran, 220, 221 y 222, de una manera singular destacan los siguientes principios:

En la ley 220, concreción para las sustituciones del principio fundamental de libertad de disposición que en general se formula en la ley 149 para las donaciones y sucesiones, sin género de duda, queda afirmado que en cualquier acto de liberalidad se pueden ordenar sustituciones por el disponente.

El segundo pone de manifiesto inequívocamente, según el tenor literal de la ley 221, que toda sustitución, sea vulgar, fideicomisaria o de residuo, excluye en Derecho navarro los derechos de representación y...

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