Capítulo 1.- Prefacio

AutorAna Mohino Manrique
Cargo del AutorProfesora de Derecho
Páginas5-11

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Capítulo 1.- Prefacio

La expansión territorial del Imperio, fruto de su poderío primero militar y después político convirtió a Roma en el centro del mundo conocido1. Ello determinó un amplio desarrollo de las relaciones comerciales en el mundo romano dando lugar no sólo a una amplia generalización sino también una progresiva ampliación del contenido del contrato de compraventa. Dicha ampliación obedecía a la necesidad de reflejar más fielmente los intereses de las partes contratantes a fin de recoger mejor su auténtica voluntad contractual. Ello supuso la introducción en el contrato, de distintos pactos que modalizaban sus efectos a través de la modificación de las obligaciones de las partes bien sea en su aumento o en su disminución o atenuación.

Desde su origen el estudio de los pactos añadidos al contrato de compraventa se encuentra íntimamente unido al desenvolvimiento histórico de la compraventa, que hunde sus raíces en los antiguos intercambios o trueques entre los miembros de distintas comunidades. A medida que este intercambio de bienes fue desarrollándose a través de la mancipatio y la traditio, que se constituyeron en modos de adquisición de la propiedad a título derivativo, los juristas fueron ofreciendo respuestas a las diversas cuestiones que surgiendo de la misma realidad fáctica configuraron controversias jurídicas planteadas por los particulares que intervenían en la realización de dichos actos

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transmisivos. Asimismo, no debe olvidarse la importante labor desempeñada por los pretores2 en la construcción y desarrollo de esta figura jurídica, prevista en sus orígenes para bienes de cambio de menor importancia, res nec mancipi, en el ámbito del tráfico comercial, debido, a juicio de Antonio Fernández de Buján, “a su probable inclusión en los edictos del pretor peregrino y urbano”3.

Pero será el reconocimiento de la compraventa por el ius civile como contrato consensual y obligatorio el que ofrezca el verdadero alcance de la institución en las relaciones de Roma con otros pueblos4. En este sentido un análisis de las fuentes permite observar como desde antiguo, en el tráfico jurídico del mundo romano las partes podían concluir determinados acuerdos o convenciones de los que surgían obligaciones, y que modificaban los efectos generales de los actos jurídicos que habían celebrado.

Esta práctica quizás pueda remontarse a los tiempos del derecho quiritario, tal como indica Gayo en su libro tercero de comentarios a las XII Tablas y recogido en D.2,14,48:

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La eficacia real en las transacciones del comercio de esclavos

In rerum quodcumque pactum sit, id valere manifestissimum est.

Burdese entiende que en el original Gayo debía referirse a las nuncupationes realizadas en el acto de la mancipatio5. En el mismo sentido, Grosso señala “Ma, a parte che il principio delle dodici tavole può ben avere tutt’altro significato... ed anche se lo si vuole riferire a dichiarazioni particolari aggiunti, queste dovevano inquadrarsi in un campo ben circoscritto e incorporarsi nell’atto, nè poteva parlarsi di efficacia generale di ciò che pactum sit6.

Tales pactos o acuerdos fueron protegidos por los pretores de acuerdo con criterios de buena fe y equidad7. Así se puede ver en un texto tomado del libro cuarto de comentarios al Edicto de Ulpiano que se recoge en D.2,14,7,7:

Ait praetor: “Pacta conventa, quae neque dolo malo, neque adversus leges plebis scita senatus consulta decreta edicta principum, neque quo fraus cui eorum fiat, facta erunt, servabo”.

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Esta declaración pretoria ofrece un significado especial respecto de los acuerdos concluidos con ocasión de un contrato consensual –pacta in continenti adiecta-8.

Es doctrina común, en derecho clásico, que los pactos concluidos en el momento de la celebración del contrato de compraventa – pacta conventa ex continenti- forman parte del contrato de buena fe, y se consideran como legem contractus9.

Todos estos pactos o cláusulas modifican por acuerdo entre las partes, no los elementos...

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