Sobre las capacidades y la movilidad

AutorLuis Enrique de la Villa Gil
CargoCatedrático y Director del Área de Derecho del Trabajo y Seguridad Social. Universidad Autónoma de Madrid. Abogado.
Páginas183-191

LA INTERRELACIÓN 'CAPACIDADES' Y 'MOVILIDAD' EN EL MERCADO EUROPEO

Al menos desde la cumbre de Lisboa, en el mes de marzo de 2000, es visible en la Unión Europea la preocupación para potenciar la capacidad y la formación de los trabajadores, reforzando a la vez los mecanismos idóneos para asegurar una movilidad efectiva de los mismos. Durante la segunda Presidencia española de la Unión, esa inquietud ha tomado cuerpo en manifestaciones diversas y ha conducido a la aprobación de la Resolución del Consejo de Empleo y Política Social de 3 de junio de 2002, cuyo texto literal se incorpora como Anexo de este comentario, cuya exposición de motivos es sumamente ilustrativa del empeño por interrelacionar ambas acciones.

En este sentido, el considerando (4) de la Resolución de 3 de junio señala la importancia de ... 'destacar el fuerte vínculo existente entre el aumento de la capacidad y de la movilidad y el fomento de una mayor participación de la población activa', entendiendo que el desarrollo de la movilidad funcional y geográfica se vería facilitado mediante la mejora de la adaptación de los sistemas educativo y formativo a las necesidades del mercado de trabajo, y asimismo a través de la supresión de los obstáculos todavía existentes en la mayor parte de los Estados miembros -y aún más en los Estados candidatosen el orden cultural y jurídico, sobre todo en las áreas de la familia, de la fiscalidad, de las pensiones y de la Seguridad Social.

Sin embargo, el presente comentario no pretende insistir sobre estos aspectos, de sobra conocidos por los especialistas en el derecho y política comunitarios, y sobre los que se adquiere una buena referencia con la lectura íntegra de la propia Resolución del 3 de junio. Para nadie es un descubrimiento, porque pertenece al sentido común, que la formación profesional y la movilidad de los trabajadores favorece la empleabilidad en cuanto que constituyen factores decisivos en cualquier estrategia actual sobre el empleo cuyo propósito sea mejorarlo en su doble dimensión cuantitativa y cualitativa. Por ello, al acoger favorablemente el Informe del Grupo operativo de alto nivel sobre las cualificaciones y la movilidad, creado por iniciativa de la Comisión de conformidad con las con-

* Catedrático y Director del Área de Derecho del Trabajo y Seguridad Social. Universidad Autónoma de Madrid. Abogado.

REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 42

183

-----------------------------------------------

DOCUMENTACIÓN E INFORMES

clusiones de la cumbre de Estocolmo (marzo de 2001), el Consejo de Empleo y Política Social de la Unión subraya que ... 'la sociedad basada en el conocimiento supone un aumento sustancial de la inversión en recursos humanos, con objeto de dotar a las personas de capacidades para acceder al empleo y mantenerse y progresar en él, lo que mejorará su empleabilidad y alentará una mayor movilidad'...

Aspectos tan claros como importantes que no son, empero, los que centran el alcance de este breve comentario, dedicado estrictamente a glosar el papel que el Consejo de Empleo y Política Social reserva a los protagonistas del éxito de un programa de ambición semejante, empezando por la propia Comisión Europea, siguiendo por los Estados miembros y finalizando por los interlocutores sociales, es decir, por los sindicatos y las asociaciones profesionales de empresarios.

LA FUNCION DE LA COMISION EUROPEA

Los cometidos que el Consejo de Empleo y Política Social reserva a la Comisión son numerosos evidentemente, como demuestra la lectura de la parte de la Resolución de 3 de junio reservada a este objetivo, aunque de entre todas ella sobresale sin duda la relativa al estudio de la interacción entre la migración, el empleo y la política social a escala europea, teniendo en cuenta la situación de los mercados laborales nacionales.

Todos los países que integran la Unión Europea son irremediablemente países de inmigración, porque sus rentas nacionales son de las más altas del mundo, privilegio que conviene comparativamente incluso a las más modestas de la región europea occidental. Bajo esta realidad, cómo puede extrañar que países de niveles de renta menor, y más todavía los países de rentas famélicas -otra cosa son las razones de esa situación, generalmente agravada por regímenes políticos autoritarios y grandes dosis de injusticia socialvean un particular Dorado en los países comunitarios y del espacio social europeo, convertidos en metas deseables. Pero esta realidad social tangible se combina con un aspecto de etiología demográfica que enseña que la mayor parte de los 'países ricos' son países con tendencia al envejecimiento, con poblaciones activas en las que adquieren importancia creciente los estadios de edad altos o muy altos. Fenómeno debido, al mismo tiempo, a la elevación progresiva de la esperanza de vida y a la contención de los nacimientos, resultado conjunto que sitúa la entrada de mano de obra extranjera no sólo como una exigencia de la solidaridad social, sino como un condicionamiento de la producción de bienes y servicios. Sin emigrantes, los países de la Unión Europea no sólo se presentan como países insolidarios y egoístas, sino que se sitúan en una peligrosa pendiente que pone en riesgo la continuidad de alguno de los más importantes servicios públicos sociales, particularmente los vinculados con la protección social, sobre todo allí donde las pensiones se financian con sistemas financieros de reparto y aún de lo que los actuarios denominan plásticamente como 'reparto rabioso', aquellos en los que las cuotas pagadas cada día se dedican a cubrir las pensiones pagadas cada día. La existencia de una población activa en edad adecuada para mantener el importe y el ritmo de las cotizaciones pasa a ser un factor esencial y por ello la regulación realista del flujo de la inmigración es una prioridad no sólo social sino también económica.

Pero la emigración, que generosamente admitida tranquiliza las conciencias y, a la par, permite resolver problemas económicos decisivos a medio plazo, plantea como cualquier solución parcial otros muchos problemas parciales, entre ellos el del empleo, porque son pocos los esfuerzos que se realizan para explicar como una buena parte de los Estados miembros de la Unión Europea disponen de marcos de actuación en los que el

184

REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 42

-----------------------------------------------

LUIS ENRIQUE DE LA VILLA GIL

paro es un enemigo importante del bienestar social, mientras que la mano de obra foránea es una necesidad económica evidente. Es decir, paro nacional con ofertas inatendidas de empleo, sin duda porque los ciudadanos comunitarios se han acostumbrado a conseguir rentas altas por su actividad profesional o, en su caso, servicios sociales sustitutivos de las rentas de actividad, lo que significa que los empleos mal retribuidos son empleos rechazados y, en muchas ocasiones también, los empleos penosos o incómodos por razones laborales o por razones geográficas. Si a ello se añade que el empleo de los emigrantes será una solución económica en cuanto que el desarrollo económico se sostenga, se estará en disposición de admitir que estamos en presencia del mayor problema económico-social de la Unión Europea -y por supuesto de la mayor parte de sus Estados miembrospor lo que el Consejo de Empleo y Política Social ha puesto el dedo en la llaga al encomendar a la Comisión uno de los más complejos y sensibles estudios en la sociedad contemporánea del bienestar. Máxime cuando en su encomienda no se ha limitado a vincular las migraciones con el empleo, sino uno y otro con la política social, lo que a lo mejor quiere significar que la Unión Europea no debe resolver los problemas del empleo mediante los flujos de la inmigración legal, descuidando los derechos sociales de los inmigrantes, que son personas que no pueden estratificarse en un nivel de población de segunda clase, con las mismas obligaciones que los ciudadanos comunitarios, pero con menores ventajas y prestaciones sociales, incluidas las salariales.

A partir de ahora habrá que observar muy atentamente cuales son los pasos que la Comisión lleva a cabo para cumplir el encargo del Consejo de Empleo y Política Social, para conciliar las exigencias de la emigración, del empleo y de la política social, porque en estas tres materias, o en la conjunción unitaria de las mismas, las autoridades comunitarias han de realizar todos los esfuerzos imaginables para restar competencia a los Estados miembros, incapaces de armonizar por si solos las acciones en cualquiera de esos tres campos, máxime a medida que el principio de libre circulación adquiera las dimensiones que confieren sentido último a los Tratados constitutivos de las Comunidades Europeas y de la propia Unión Europea.

Lo que ha quedado expuesto no desmerece las restantes invitaciones que el Consejo formula a la Comisión para que actúe programadamente en el terreno de las capacidades y la movilidad, así la formulación de una propuesta para disponer de una tarjeta europea de seguro de enfermedad o prestaciones sanitarias y la propuesta bien distinta, pero de entidad comparable, para el reconocimiento de las cualificaciones, hasta establecer un CV europeo, sobre la base de los resultados del proceso de Bolonia y fomentando acciones similares en la formación profesional.

EL PAPEL DE LOS ESTADOS

MIEMBROS

A los Estados miembros de la Unión, el Consejo de Empleo y Política Social les asigna responsabilidades directas a fin de que contribuyan decisivamente al avance de las capacidades y el empleo de sus ciudadanos; reconocer la primogenitura de la Comisión en la asunción de ciertas competencias no puede equivaler, lógicamente, a ignorar el importante campo de actuación que corresponde a los Estados nacionales. De esas responsabilidades la mayor parte de ellas son las esperables, por obvias y transparentes, y quedan referidas al desarrollo de capacidades para el nuevo mercado laboral, a la educación especializada de los jóvenes y de los adultos, etc. Pero dos de las misiones que el Consejo entiende que deben profundizar los Estados miembros de la Unión son particularmente llamativas, en cuanto referida a la preparación de una encuesta sobre empleos vacantes a escala comunitaria y a la preparación de

REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 42

185

-----------------------------------------------

DOCUMENTACIÓN E INFORMES

estudios sobre la transferencia de los derechos de Seguridad Social, pensiones incluidas.

En cuanto a lo primero, y sin desconocer las barreras que se oponen a una fluida movilidad geográfica de ámbito comunitario -ya grandes en el ámbito nacional, como la reforma española de 2002 fue capaz de poner de relieve, así como sus secuelas conflictivas y de revisión parlamentaria de la regulación gubernamental iniciales difícilmente discutible que sin un conocimiento de la realidad social del empleo y desempleo, y de sus respectivas bolsas con la mayor riqueza de los datos catalogables -por edad, sexo, lugar, capacitación, formación o titulaciones exigibles, condiciones laborales, ventajas y servicios sociales, etc.la movilidad a escala comunitaria es cuando mucho un desideratum con escasas posibilidades de materialización, salvo en los tímidos porcentajes ya computables en el comienzo del siglo XXI. Y ello no sólo en el terreno práctico de un mercado de trabajo verdaderamente europeo, sino asimismo en el terreno teórico de aportar medios aptos para contribuir a controlar las tensiones del mercado de trabajo respecto de las capacidades en su más amplio sentido.

En cuanto a lo segundo, el proyecto de transferir de un Estado nacional a otro los derechos de Seguridad Social, incluidas las pensiones, desbordaría el modesto marco de las acciones de coordinación entre sistemas nacionales de Seguridad Social, a cargo del meritorio y cuestionado Reglamento 1408/71 -también objeto de importantes intentos revisorios durante la segunda Presidencia española de la Unión Europeapara dar entrada a una verdadera revolución en la adquisición y disfrute de las prestaciones sociales. No sería, pues, el caso, de aplicar los sacrosantos principios inspiradores de la política de coordinación social -igualdad de trato, unicidad de la legislación aplicable, conservación de los derechos adquiridos y mantenimiento de los derechos en curso de adquisiciónsino de algo sin precedentes en las Comunidades europeas, de modo que el ciudadano de cualquiera de los Estados miembros pudiera movilizarse a otro, en situación de activo y, por qué no también, en posición de pasivo, arrastrando sus derechos sociales íntegros, de la misma manera que cambia la vivienda, la ocupación laboral y hasta la cultura y las costumbres. No es, sin embargo, pesimista prever, que la mayor parte de los Estados miembros serán perezosos a la hora de recoger este guante del Consejo de Empleo y Política Social, por tratarse de un reto rodeado de mayores riesgos que aquellos decimonónicos que dejaban a algunos de los contendientes tumbados sobre la tierra a la del alba.

LA ACTUACION DE LOS

INTERLOCUTORES SOCIALES

No menos relevantes son las acciones que, a juicio del Consejo de Empleo y Política Social, deben ejecutar los interlocutores sociales para favorecer la interrelación de las capacidades y la movilidad de los ciudadanos europeos, de las cuales parece inevitable destacar la que se refiere a la organización de campañas informativas sobre la movilidad, con el fin de mejorar la imagen de los sectores y ocupaciones deficitarios de mano de obra, fomentando el acceso de los trabajadores a esos sectores y ocupaciones.

Se trata de algo tan innovador que no se acierta a presentir un resultado positivo, en parte por la aversión sindical a aceptar con carácter de principio la movilidad geográfica, y por el desinterés empresarial a estimularla si pueden servirse de mano de obra en el lugar en el que se desarrolla la actividad productiva, salvo que en el mismo lugar de referencia no puedan contar con ninguna mano de obra, ni siquiera foránea. Porque, efectivamente, son mayoría los sindicatos que defienden a ultranza la inmovilidad de los trabajadores, a partir de la existencia de legislaciones nacionales en las que las decisiones

186

REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 42

-----------------------------------------------

LUIS ENRIQUE DE LA VILLA GIL

empresariales de traslado definitivo o de desplazamiento temporal están férreamente limitadas. Pero incluso fuera de esas decisiones empresariales durante la vigencia del contrato de trabajo, allí cuando la movilidad geográfica se suscita como una salida al desempleo, la resistencia sindical es grande si los servicios de empleo, o las entidades que gestionan las prestaciones por el desempleo, condicionan la continuidad de las mismas a la aceptación de una ocupación en lugar distinto al de la residencia. Estando las cosas como están, más complicado todavía parece que los interlocutores sociales sean capaces de imaginar fórmulas de estimulo de la movilidad, siendo previsible que, de nacer algunas del dialogo social, arbitren gravámenes económicos importantes que las asociaciones empresariales no estarán dispuestas a asumir, salvo excepciones. Y que tampoco el Estado tendrá interés en afrontarlas si el coste a su cargo es más pesado que la eventual utilidad de los cambios locacionales para iniciar trabajos nuevos. A lo mejor el Consejo ha actuado con un optimismo infantil que quedará pronto al descubierto o a lo mejor hechos inesperados sorprenderán a los más escépticos con su presencia.

Todas las demás misiones encargadas por el Consejo de Empleo y Política Social a los interlocutores sociales presentan mayor facilidad y, a decir verdad, menor interés, en la medida en que muchas de ellas vienen siendo realizadas desde muchos años atrás, por ejemplo las relativas a los acuerdos sobre formación permanente y cualificaciones. Campo éste en el que habría que disgregar cuidadosamente la existencia de esos acuerdos de formación, y las ventajas económicas derivadas para los propios interlocutores sociales, de la eficacia de las medidas y de los programas sometidos a su tutela, a veces causantes de verdaderas frustraciones y fracasos. Pero esta es una historia bien distinta, de inoportuno planteamiento en el contexto de un breve comentario, conscientemente poco beligerante.

Anexo

RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DE EMPLEO Y POLÍTICA SOCIAL, DE 3 DE JUNIO DE 2002, SOBRE LAS CAPACIDADES Y LA MOVILIDAD

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Vistos

(1) el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

(2) la Resolución del Consejo y de los Representantes de los Gobiernos de los Estados miembros, reunidos en el seno del Consejo, de 14 de diciembre de 2000, sobre el plan de acción para la movilidad,

(3) la Comunicación de la Comisión al Consejo, de 28 de febrero de 2001, 'Nuevos mercados de trabajo europeos abiertos a todos y accesibles para todos',

(4) la Comunicación de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo 'Una estrategia de movilidad para el espacio europeo de investigación', de 20 de junio de 2001, así como la Resolución del Consejo, de 10 de diciembre de 2001, sobre el fortalecimiento de esta estrategia,

(5) la Recomendación del Parlamento Europeo y del Consejo, de 10 de julio de 2001, relativa a la movilidad, en la Comunidad, de los estudiantes, las personas en formación, los voluntarios, los profesores y los formadores, y el Plan de Acción sobre movilidad refrendado por el Consejo Europeo de Niza,

(6) la Comunicación de la Comisión, de 21 de noviembre de 2001, titulada 'Hacer realidad un espacio europeo del aprendizaje permanente',

REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 42

187

-----------------------------------------------

DOCUMENTACIÓN E INFORMES

(7) el Informe del Grupo operativo de alto nivel sobre las cualificaciones y la movilidad, de diciembre de 2001,

(8) la Comunicación de la Comisión 'Plan de acción de la Comisión sobre las capacidades y la movilidad', de 13 de febrero de 2002,

(9) el marco de trabajo para el desarrollo permanente de capacidades y cualificaciones, de 28 de febrero de 2002, adoptado en el contexto del diálogo social por los interlocutores sociales europeos (CES, UNICE y CEEP),

(10) el Informe conjunto de la Comisión y del Consejo, de 7 de marzo de 2002, 'Aumento de la tasa de población activa y fomento de la prolongación de la vida activa',

(11) las conclusiones de la Presidencia sobre los Consejos Europeos de Tampere, Lisboa, Feira, Niza, Estocolmo, Laeken y Barcelona, y

Considerando lo siguiente:

(1) El fomento de una sociedad basada en el conocimiento es una de las condiciones esenciales de la competencia y el crecimiento, y el Consejo Europeo de Lisboa de marzo de 2000 reconoció que un objetivo estratégico es la realización del pleno empleo.

(2) El éxito de ese objetivo exigirá que se logre un crecimiento económico sostenible en la Unión, mejorando el marco estructural para la mejora del empleo y de la cohesión social, incluyendo por tanto un planteamiento integrado y coherente entre las políticas econonómicas y de empleo, fomentando la educación y la formación permanentes como medios indispensables para mejorar la empleabilidad y la adaptabilidad, reduciendo la falta de capacidades y fomentando la movilidad laboral y geográfica entre sectores y regiones, con lo que aumentarán las posibilidades productivas de nuestras economías.

(3) Es importante destacar el fuerte vínculo existente entre el aumento de la capacidad y de la movilidad y el fomento de una mayor participación de la población activa, con arreglo al Informe conjunto de la Comisión y del Consejo 'Aumento de la tasa de población activa y fomento de la prolongación de la vida activa'.

(4) El desarrollo de la movilidad laboral y geográfica se vería facilitado mediante la mejora de la adaptación de los sistemas, educativo y de formación, a las necesidades del mercado de trabajo, prestando especial atención al ámbito de la información y de las tecnologías de la comunicación, a las lenguas extranjeras y al desarrollo de un marco para el reconocimiento de las cualificaciones y competencias que se hayan obtenido mediante la educación, la formación y la experiencia.

(5) El desarrollo de la movilidad geográfica en los Estados miembros y entre éstos se vería asimismo facilitada por la supresión de los obstáculos todavía existentes a distintos niveles, como los administrativos, culturales y jurídicos, incluidos los que afectan a las circunstancias familiares, así como los demás obstáculos en los ámbitos de la fiscalidad, las pensiones y la Seguridad Social.

(6) Un sistema de información integrado y transparente en el mercado laboral es una herramienta fundamental para ayudar a todos los actores (autoridades públicas, empresas, ínterlocutores sociales y personas) a desarrollar acciones eficaces y coordinadas, dentro de un marco favorable, para la mejora de las capacidades y de la movilidad y para superar las dificultades existentes, tanto en el acceso a la información sobre la movilidad como en la calidad de dicha información.

(7) La futura ampliación de la Unión Europea, que también será importante en relación con la movilidad laboral dentro de la Unión,

  1. Acoge favorablemente el informe del Grupo operativo de alto nivel sobre las cualificaciones y la movilidad, creado por iniciativa de la Comisión de conformidad con las

    188

    REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 42

    -----------------------------------------------

    LUIS ENRIQUE DE LA VILLA GIL

    Conclusiones del Consejo Europeo de Estocolmo.

  2. Se congratula del Plan de Acción sobre las capacidades y la movilidad adoptado por la Comisión.

  3. Destaca que para alcanzar los objetivos de empleo fijados por los Consejos Europeos de Lisboa y de Estocolmo, así como el objetivo estratégico para 2010, serán necesarias inversiones en capital humano.

  4. Subraya que para alcanzar ese objetivo será preciso

    facilitar la movilidad, mejorando el acceso a los servicios de empleo y desarrollando las bases de datos europeas existentes sobre puestos de trabajos y oportunidades de aprendizaje;

    aumentar la importancia de la formación permanente como componente básico del modelo social europeo, por ejemplo alentando los acuerdos de los interlocutores sociales, con arreglo a las tradiciones y prácticas nacionales, en relación con las innovaciones relativas al aprendizaje permanente, aprovechando los elementos complementarios entre el aprendizaje permanente y la adaptabilidad, mediante arreglos sobre tiempos flexibles de trabajo y alternancia entre formación y empleo;

    fomentar programas activos del mercado de trabajo destinados a las necesidades especiales de los grupos desfavorecidos y de las personas que experimentan dificultades particulares a la hora de adquirir las capacidades pertinentes, de acceder al mercado de trabajo y de permanecer en él, con el fin de mejorar su empleabilidad.

  5. Hace hincapié en que el aprendizaje permanente es una de las piedras angulares de la Estrategia Europea de Empleo, y que debe seguir siendo una prioridad clave en las futuras directrices para el empleo.

  6. Subraya que:

    para luchar contra la exclusión social y mejorar la competitividad y la adaptabilidad es esencial mejorar las cualificaciones y adaptarlas a las necesidades del mercado laboral, aumentar las oportunidades de aprendizaje permanente y respaldar el desarrollo de capacidades;

    la sociedad basada en el conocimiento supone un aumento sustancial de la inversión en recursos humanos, con objeto de dotar a las personas de capacidades para acceder al empleo y para mantenerse y progresar en él, lo que mejorará su empleabilidad y alentará una mayor movilidad;

    las estrategias en el ámbito de la formación deben coordinarse y articular la responsabilidad compartida de autoridades públicas, empresas, interlocutores sociales e individuos, con las aportaciones pertinentes de la sociedad civil.

  7. Deja claro que será necesario seguir progresando en la mejora de la calidad y la movilidad de los recursos humanos en la Unión Europea, así como ofrecer oportunidades de empleo y de formación a las personas, poniendo a su disposición los medios y recursos necesarios, especialmente en relación con la comunicación electrónica, con el fin de mejorar la actual calidad de la información sobre la existencia de puestos de trabajo disponibles y sobre la formación en los lugares en que puede obtenerse dicha información.

  8. Destaca la necesidad de alentar la modernización de los mercados de trabajo y la movilidad laboral y geográfica de los trabajadores, ofreciendo posibilidades de mejorar las capacidades y suprimiendo la barreras existentes entre los distintos mercados de trabajo europeos.

    REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 42

    189

    -----------------------------------------------

    DOCUMENTACIÓN E INFORMES

  9. Toma nota de que en el Consejo Europeo de Estocolmo se acordó que la Comisión trabajará con las administraciones nacionales, los servicios públicos de empleo y demás organismos competentes para crear un sitio único en Internet de información sobre la movilidad laboral, la formación y las oportunidades de empleo existentes en la Unión Europea, que deberá estar plenamente operativo a más tardar a finales de 2003, acuerdo que se desarrolló posteriormente en el Consejo Europeo de Barcelona.

  10. Entiende que la evaluación del progreso de la mejora de la movilidad laboral y geográfica, así como la transparencia de la información relativa al mercado de trabajo debería emprenderse de forma comparativa, en el contexto de la Estrategia Europea de Empleo.

  11. Toma nota de las actividades pertinentes que ya están en curso en cierto número de foros a escala de la UE, en particular en el ámbito de la educación, y destaca la necesidad de que tengan entre sí carácter complementario.

    INVITA A LA COMISIÓN A QUE:

  12. Fomente en estrecha cooperación con el Consejo y con los Estados miembros una creciente cooperación en la educación y en la formación, basada en la transparencia y la garantía de calidad, para desarrollar un marco de reconocimiento de las cualificaciones (ECTS, suplementos a los diplomas y certificados, CV europeo), sobre la base de los resultados del proceso de Bolonia y fomentando acciones similares en el ámbito de la formación profesional. Esta cooperación debería garantizar la participación activa de los interlocutores sociales, los centros de formación profesional y las demás partes interesadas.

  13. Analice la interacción entre la migración, el empleo y la política social a escala europea, teniendo en cuenta la situación de los mercados laborales nacionales.

  14. Presente una propuesta sobre la tarjeta europea de seguro de enfermedad.

  15. Presente propuestas para la modernización del sistema EURES, teniendo en cuenta la necesidad de actualización permanente y la incorporación de nuevas tecnologías, y reforzando así su papel de prestador de servicios personalizados para el mercado de trabajo en Europa, de manera que se garantice que toda la información pertinente y los correspondientes servicios personales lleguen a todas las personas que busquen trabajo, a los empresarios y a las demás personas interesadas.

  16. Acelere los procedimientos para crear, en colaboración con los Estados miembros y en particular con los servicios públicos de empleo, un sitio único en Internet de información sobre la movilidad laboral.

  17. Desarrolle una campaña informativa sobre las posibilidades de movilidad que ofrecen el mercado interior y los mercados laborales europeos.

  18. Estudie el establecimiento de un mecanismo para analizar los obstáculos a la movilidad geográfica a que se enfrentan los trabajadores, fortaleciendo el papel consultivo de los comités competentes.

  19. Evalúe la aplicación del Plan de Acción sobre las capacidades y la movilidad en el marco del informe anual de la Comisión al Consejo Europeo de primavera.

    INVITA A LOS ESTADOS MIEMBROS

    a que, en el marco de la Estrategia Europea de Empleo:

  20. Desarrollen capacidades para el nuevo mercado laboral en el contexto del

    190

    REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 42

    -----------------------------------------------

    LUIS ENRIQUE DE LA VILLA GIL

    aprendizaje permanente, en particular en los ámbitos de las capacidades de las TIC.

  21. Fomenten el acceso efectivo de los adultos, tanto los trabajadores como los que buscan empleo, a la formación profesional adicional a través del desarrollo de un marco adecuado, en consulta con los interlocutores sociales.

  22. Alienten el reconocimiento y la validación de capacidades, cualificaciones y experiencia laboral.

  23. Doten a los jóvenes de las capacidades básicas correspondientes al mercado laboral que sean necesarias para participar en el aprendizaje permanente.

  24. Fomenten iniciativas, incluido un fuerte componente de formación, para que los trabajadores accedan al mercado laboral, permanezcan y progresen en él.

  25. Apoyen el desarrollo de estadísticas de la UE para efectuar un seguimiento de la movilidad geográfica y de la falta de capacidades. En este marco, el desarrollo de una encuesta sobre empleos vacantes a escala de la UE sería especialmente importante para controlar las tensiones del mercado laboral en relación con las capacidades.

  26. Aumenten, en caso de que resulte apropiado, las posibilidades de transferencia de derechos de Seguridad Social, incluidas las pensiones, a través de la Unión Europea.

    INVITA A LOS INTERLOCUTORES SOCIALES A QUE:

  27. Desarrollen las iniciativas acordadas en el 'marco de actuación para el desarrollo permanente de competencias y cualificaciones' dentro del diálogo social, favorablemente acogidas por el Consejo Europeo de Barcelona, y a que informen anualmente acerca de los progresos alcanzados a la Cumbre Social previa al Consejo Europeo de primavera.

  28. Celebren acuerdos, en caso de que resulte procedente, con arreglo a sus tradiciones y prácticas nacionales, sobre formación permanente y cualificaciones, con objeto de facilitar la adaptabilidad y la innovación de las empresas y de sus trabajadores de manera compatible con el Reglamento 1612/68 del Consejo.

  29. Desarrollen iniciativas, con un fuerte componente de formación, para que los trabajadores puedan acceder al mercado laboral y permanecer y progresar en él, con arreglo a sus tradiciones y prácticas nacionales.

  30. Participen en campañas informativas sobre la movilidad, con el fin de mejorar la imagen de los sectores y ocupaciones deficitarios en mano de obra, y a que fomenten el acceso de los trabajadores a esos sectores y ocupaciones.

    REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 42

    191

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR