Cantabria y Navarra designan Zonas Especiales de Conservación y aprueban sus Planes de Gestión

AutorEva Blasco Hedo
CargoResponsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Páginas113-114
www.actualidadjuridicaambiental.com
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Publicado en Actualidad Jurídica Ambiental el 19 de mayo de 2017
Cantabria y Navarra designan Zonas Especiales de Conservación y aprueban sus
Planes de Gestión
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro
Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOC núm. 70, de 10 de abril de 2017, BOC núm. 72, de 12 de abril de 2017,
BON núm. 82, de 28 de abril de 2017
Temas Clave: Red Natura 2000; Zonas Especiales de Conservación; Planificación
Resumen:
La Comunidad Autónoma de Cantabria ha designado como ZEC cinco lugares de
importancia comunitaria litorales (Rías Occidentales y Duna de Oyambre, Dunas de
Liencres y Estuario del Pas, Dunas del Puntal y Estuario del Miera, Costa Central y Ría de
Ajo, Marismas de Santoña, Victoria y Joyel) y nueve fluviales (Ríos Deva, Nansa, Pas,
Asón, Agüera, Río y Embalse del Ebro, Camesa, Miera y Saja) de la Región Biogeográfica
Atlántica de Cantabria y, al mismo tiempo, ha aprobado sus Planes Marco de Gestión.
Estos Planes han sido elaborados en la línea de las exigencias de la normativa de la Unión
Europea y, por lo tanto, contienen las acciones, medidas y directrices que responden a las
exigencias ecológicas de los hábitats y taxones presentes en el lugar recogidos en las
Directivas 92/43/CEE y 2009/147/CE.
En esta misma línea, la Comunidad Foral de Navarra ha designado el Lugar de Importancia
Comunitaria denominado “Tramos Bajos del Aragón y del Arga” como Zona Especial de
Conservación y ha aprobado el Plan de Gestión de la Zona Especial de Conservación y de
los Enclaves Naturales “Soto López” (EN-6), “Sotos de la Recueja” (EN-7), “Soto de
Campo Llano” (EN-14), “Soto de la Biona” (EN-15), “Soto de Escueral” (EN-16), “Soto
Sequero” (EN-17), “Soto Ártica” (EN-18), “Soto Arenales” (EN-19), “Soto Valporres-
Soto Bajo” (EN-20), “Sotos de Rada” (EN-21), “Soto de la Muga” (EN-22) y “Soto de
Santa Eulalia” (EN-23) y se actualizan los Planes Rectores de Uso y Gestión de las
Reservas Naturales “Sotos del Arquillo y Barbaraces” (RN-28), “Sotos de la Lobera y
Sotillo” (RN-29) y “Sotos Gil y Ramal Hondo” (RN-30).
A su vez, ha designado el LIC denominado “Río Ebro” como ZEC y ha aprobado su
Plan de Gestión y el de los Enclaves Naturales “Sotos de Murillo de las Limas” (EN-10),
“Sotos de Traslapuente” (EN-11), “Soto de la Mejana de Santa Isabel” (EN-12), “Soto
Alto” (EN-24), “Soto Giraldelli” (EN-25), “Soto de Mora” (EN-26) y “Soto de los
Tetones” (EN-28). Al mismo tiempo ha actualizado los Planes Rectores de Uso y Gestión
de las Reservas Naturales “Soto del Ramalete” (RN- 32), “Soto de la Remonta” (RN-33) y
“Sotos del Quebrado, el Ramillo y la Mejana” (RN-38).
Asimismo, ha designado los LIC denominados “Ríos Ega-Urederra” como ZEC y ha
aprobado su Plan de Gestión. Paralelamente se han actualizado los Planes Rectores de Uso

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