O'Callaghan, Xavier: Leyes civiles de España, Editorial Centro de Estudios Ramón Areces, S. A., 1995.

AutorJosé María Chico y Ortiz
Páginas1688-1690

Page 1688

    O'CALLAGHAN, XAVIER: Leyes civiles de España, Editorial Centro de Estudios Ramón Areces, S. A., 1995.

No hace mucho mi mujer -aprovechando una prolongada ausencia mía- y ayudada por un matrimonio filipino que con nosotros convive, decidió limpiar y ordenar mi biblioteca. Después de cometido ese tremendo atentado a mi desordenado orden, un buen día en forma muy sonriente me lo contó. Cuando yo pude volver a mi nncón lleno de libros, comprobé que por allí habían pasado todas las hordas invasoras que a lo largo de la Historia asolaron España. Relucientes, como los chorros del oro, estaban todos los libros, ¿pero dónde estaban? A lo largo de muchos meses voy encontrando en forma muy parcial, leyes, textos, biografías, monografías, revistas, manuales, separatas..., etc. Por eso, cuando a mis manos acaba de llegar este portentoso libro que reúne -y evita la busca- todas las leyes que un jurista maneja, doy, libro en mano, el saludo más cordial y efusivo a su autor, a su idea y a esta realidad voluminosa

El mundo de la legislación vigente se brinda con este libro sin necesidad de ningún esfuerzo y, en mi caso particular, sin tener que acudir a las posibles claves utilizadas para «desorganizar» mi biblioteca. Todos sabéis o debéis saber que las mujeres -y esto no significa ninguna crítica- al organizar sus listas telefónicas no utilizan ni la teoría estructural de Savigny para exponer el Derecho Civil, ni siquiera el orden alfabético de apellidos o nombres. Nada de eso. Unas veces es la profesión la que permite la ubicación del teléfono de cierta persona, otras veces es el primer o segundo apellido, frecuentemente los vecinos van reunidos en un mismo grupo, los parientes llevan su puesto por medio del nombre, los restaurantes unos van por calles, otros por especialidades, etc. Entiendo que esta forma se parece un poco a mi manera de organizar la biblioteca y, por ello, creo que sería un tema muy atractivo para un estudio monográfico.

Menos mal que el autor, Magistrado y Catedrático de Derecho Civil, atiende a rigurosos criterios para que no sólo él, sino los demás sepamos situarnos en la materia que necesitamos. Según mi punto de vista los tres aciertos fundamentales que la obra supone, son los siguientes: una perfecta sistemática en la distribución de materias; un reto frente a los alardes informáticos y una acertadísima conexión de las dos materias centrales con el resto del ordenamiento jurídico. Más que a estas apreciaciones...

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