Acuerdos consejo de administracion: es calificable la identidad de la persona física representante de la persona jurídica consejera

AutorJosé Félix Merino Escartin
CargoRegistrador de la propiedad
Páginas163-164

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Hechos: Se trata de una escritura de elevación a público de acuerdos de Consejo de Administración, en cuya certificación figura como representante físico de uno de los consejeros persona jurídica una persona natural distinta de la que figura como representante suya en el Registro.

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La registradora califica en la forma siguiente: "El representante físico de la Autoridad Portuaria de la Bahía de Cádiz, que figura inscrito, es don R. B. S. no don F. J. D. A., que es quien lo representa en la reunión del Consejo de Administración, que se eleva a público en este título. Art. 11 del RRM".

Recurso: El recurrente entiende que cumplidas las normas sobre válida constitución del consejo y quórum de votación el acuerdo es válido e inscribible. Es decir que para él, el hecho de que un consejero no esté debidamente representado para nada influye en la validez del acuerdo pues aunque dicho consejero no hubiera asistido el acuerdo hubiera podido adoptarse y ser inscrito.

Doctrina: La DG confirma la nota de calificación.

Para ella "la figura del administrador persona jurídica precisa que el conjunto de las funciones que como tal le corresponden sean ejercitadas por una única persona física que sea designada al efecto con carácter permanente. Sólo a esta persona le corresponde el ejercicio de esas funciones por lo que debe rechazarse la intervención de cualquier otra que pretenda arrogarse el ejercicio sin justa causa".

Para la DG más que problema de tracto sucesivo lo que existe en este caso es un supuesto de "tracto impropio": "No hay defecto de tracto sucesivo ex artículo 11 del Reglamento del Registro Mercantil, porque el defecto de tracto entraña la ausencia de inscripción de título inscribible antecedente cuando se trae a inscripción otro título inscribible subsiguiente que se encadena a aquél como consecuente del que le sirve de presupuesto (un poder otorgado por Administrador no inscrito; un cambio de Administrador cuando no está inscrito el previo) porque se trae a inscripción un título en que debiera constar una circunstancia (identificación de cierto asistente a la sesión del Consejo) cuyo dato...

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