Cajas de ahorros y programas sociales

AutorRaquel Sánchez Hernández
Cargo del AutorAbogada. Colaboradora del Grupo investigador en cuestiones actuales de Derecho Mercantil de la Universidad de Murcia
Páginas345-366
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Capítulo XIII
Cajas de Ahorros y programas sociales
Raquel SÁNCHEZ HERNÁNDEZ
Abogada. Colaboradora del Grupo investigador
en cuestiones actuales de Derecho Mercantil
de la Universidad de Murcia
SUMARIO: I. INTRODUCCIÓN.—II. LA OBRA SOCIAL: UNO DE LOS TRADICIONALES
PILARES DE LAS CAJAS DE AHORRO: 1. Origen de las cajas de ahorro. 2. Ámbitos
de desarrollo de la Obra Social.—III. EL NUEVO MODELO ORGANIZATIVO DE LAS
CAJAS DE AHORROS Y SU INEVITABLE INFLUENCIA EN EL DESARROLLO DE
LA OBRA SOCIAL: 1. El Real Decreto-ley 11/2010, de 9 de julio. 2. El Real Decreto-
ley 2/2011, de 18 de febrero. 3. La Ley 26/2013, de 27 de diciembre. 4. La Ley 10/2014,
de 26 de junio.—IV. LA EVOLUCIÓN DE LA OBRA SOCIAL EN LOS ÚLTIMOS AÑOS:
1. Cambios en el modelo de gestión. 2. Evolución cuantitativa. 3. Principales áreas de
desarrollo.—V. BIBLIOGRAFÍA.
I. INTRODUCCIÓN
El rol que desempeña el sistema f‌inanciero, con carácter general y
en términos básicos, puede sintetizarse en la canalización del traspaso
de los recursos ahorrados hacia la inversión 1, cuestión que resulta de
vital importancia para propiciar el correcto desarrollo económico. No
obstante, en el caso de las cajas de ahorros, su papel tradicionalmente
1 M. A. GALINDO MARTÍN, «La reciente reforma del sistema f‌inanciero español», Par-
tida Doble, núm. 243, 2012, pp. 80-87, p. 80, af‌irma el autor que «el sistema f‌inanciero
de un país desempeña un papel muy importante a la hora de facilitar el desarrollo de la
actividad económica. Su misión básica, consistente en facilitar el trasvase de los recur-
sos ahorrados hacia la inversión, es esencial para posibilitar el crecimiento económico
necesario que permita hacer frente a distintos problemas, como el desempleo, y alcan-
zar un cierto nivel de bienestar social».
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ha gozado de un matiz diferenciador del resto de entidades bancarias
que operaban en él, dado que tenían como f‌inalidad última la de exten-
der los benef‌icios obtenidos con su actividad al resto de la sociedad a
través de los programas de obra social, lo que las dotaba de una doble
naturaleza f‌inanciera y benéf‌ico-social 2.
Tal y como veremos a lo largo del presente trabajo, este doble pa-
pel jugado por las cajas de ahorros en el sistema f‌inanciero español
ha sido determinante en el proceso de reestructuración y capitaliza-
ción del sector f‌inanciero 3 en el que todavía hoy nos encontramos
2 Son muchos los que han calif‌icado a las cajas de ahorros como verdaderas pio-
neras en el ámbito de la Responsabilidad Social Corporativa (en adelante, RSC), pues
resulta incuestionable que, al menos por lo que a su vertiente benéf‌ica-social corres-
ponde, nos encontramos ante entidades [teóricamente] socialmente responsables. En
tal sentido, J. R. QUINTÁS SEOANE, «Las Cajas de Ahorro en el ámbito de la Responsabili-
dad Social Corporativa», Papeles de Economía Española, núm. 108, 2006, pp. 128-143,
pp. 128-129, destaca que «las cajas de ahorros españolas han sido verdaderas pioneras
de esa nueva concepción, ya que para ellas constituye la esencia de sus principios funda-
cionales, en muchos casos más que centenarios: en las cajas, el compromiso social, lejos
de ser ref‌lejo de una moda o presión externa, constituye un componente fundamental
de su naturaleza, y por ello en estas entidades se ref‌lejan con notable vigor todas y cada
una de las diferentes dimensiones que, en su acepción más amplia, pueden considerar-
se constitutivas de la responsabilidad social corporativa». Continuando con esta idea,
C. BALADO GARCÍA, «La obra social de las Cajas, un paso siempre por delante en RSC»,
Papeles de Economía Española, núm. 108, 2006, pp. 144-160, p. 144, destaca que «la
f‌inalidad última de las cajas de ahorros es extender a toda la sociedad los benef‌icios de
su actividad como empresa, ya sea en su vertiente estrictamente mercantil o en cuanto
a la distribución de los resultados obtenidos de dicha actividad. Es un benef‌icio que al-
canza a toda la población, independientemente del grado de vinculación con la entidad.
Este objetivo principal de las cajas de ahorros es el mismo que subyace en el concepto
de responsabilidad social corporativa (RSC), puesto que, en último término, bajo esta
idea se incluye una práctica empresarial encaminada a conseguir que la actividad eco-
nómica sea equilibrada, sostenible y, por supuesto, benef‌iciosa para toda la sociedad».
Vid., para un mayor estudio, en VV.AA., GONZÁLEZ y JIMÉNEZ (dirs.), Libro Verde de sobre
Responsabilidad Social Corporativa en el sector f‌inanciero, Madrid, Confederación Espa-
ñola de Cajas de Ahorros, 2008.
3 J. MARDOMINGO COZAS y M. SÁNCHEZ MONJO, «La transformación de las cajas de
ahorros en fundaciones de carácter especial», Revista de Derecho de Mercado de Valores,
núm. 12, 2013, pp. 169-184, pp. 169-170, destacan los autores la importancia que ha
tenido esta doble naturaleza en el proceso de reestructuración protagonizado por las
cajas de ahorros, af‌irmando al efecto que «los problemas y desajustes estructurales que
arrastran algunas de estas entidades están llevando, en último término, a una nueva
conf‌iguración jurídica, en un proceso marcado esencialmente por la naturaleza bifronte
de las Cajas de Ahorros, a la vez f‌inanciera y benéf‌ico-social». Nótese, en este sentido,
que la crisis del sector f‌inanciero trasladó en gran medida la atención a la particular
conf‌iguración de las cajas de ahorro por su calif‌icación como entidades sin ánimo de lu-
cro, extremo destacado por M. CASTILLA CUBILLAS, «El coste social de las cajas de ahorros
y la atribución de derechos políticos a las cuotas participativas», Derecho de Sociedades,
núm. 34, 2010, pp. 217-252, pp. 217-218, al af‌irmar que, tras la convulsión del sistema f‌i-
nanciero global, «las cajas de ahorro están recibiendo una atención especial. Esta puede
explicarse como un efecto de la intensif‌icación por la crisis de las dudas que siempre ha
suscitado su conf‌iguración legal como organizaciones sin ánimo de lucro —una rareza
en el vigente mapa global de las entidades de crédito— y, sobre todo, su estructura de

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