Las buenas prácticas en la evaluación pericial de personas que sobreviven a la violencia sexual

AutorJorge González Fernández, Mª Begoña Martínez-Jarreta y José Mª Tenías Burillo
Páginas197-213
MANUAL DE ATENCIÓN Y VALORACIÓN PERICIAL EN VIOLENCIA SEXUAL GUÍA DE BUENAS PRÁCTICAS 197
CAPÍTULO 11
LAS BUENAS PRÁCTICAS EN LA EVALUACIÓN PERICIAL DE
PERSONAS QUE SOBREVIVEN A LA VIOLENCIA SEXUAL
Jorge González Fernández, Mª Begoña Martínez-Jarreta y José Mª Tenías Burillo
El examen médico de una víctima de violencia sexual puede ser, por sí mis-
mo, traumatizante para la persona examinada, por lo que es necesaria una atención
particular (1). Someterse a una exploración interna –e incluso externa– tras una
agresión sexual es una perspectiva desalentadora que puede ser experimentada
como «otro asalto» en el peor de los casos, o como una situación incómoda e inva-
siva en el mejor (2). Por ello, cada superviviente debe ser evaluada y tratada como
un individuo único (3)anteponiendo sus necesidades como persona y evitando
cualquier situación que pueda agravar su estado (4).
La forma en cómo las mujeres son tratadas afecta a la extensión y calidad de la
evidencia recopilada, inuyendo en su voluntad de cooperar y conar en el proceso legal.
A este respecto, se han identicado una serie de problemas relacionados con
los exámenes forenses (2)(5):
Baja prioridad en la atención en urgencias, con largas esperas.
Sexo del examinador diferente del solicitado por la víctima.
Limitada formación, experiencia y sensibilidad de los examinadores.
Reconocimiento poco sensible.
Incredulidad del examinador.
Ausencia de normas nacionales.
Falta de privacidad en el lugar donde se realizan los exámenes.
Equipamiento limitado de las instalaciones.
JORGE GONZÁLEZ FERNÁNDEZ, MARÍA BEGOÑA MARTÍNEZ-JARRETA Y JOSÉ MARÍA TENÍAS BURILLO
CAPÍTULO 11 LAS BUENAS PRÁCTICAS EN LA EVALUACIÓN PERICIAL DE PERSONAS QUE SOBREVIVEN A LA VIOLENCIA SEXUAL
JORGE GONZÁLEZ FERNÁNDEZ COORDINADOR198
También, y en sentido positivo, se han identicado buenas prácticas que
hacen el examen forense menos traumático (6):
Que el examinador sea mujer.
Que se realice en un entorno privado.
Que exista una buena comunicación durante el proceso.
Que la atención sea sensible y profesional.
En cualquier caso, la necesidad de atención física y psicológica debe ser pre-
ferente sobre la necesidad de una evaluación médico forense (7).
Desde una perspectiva individual, el médico forense tiene una serie de obli-
gaciones bioéticas fundamentales, como atender al principio universal de no ma-
lecencia, velar por la equidad en la atención a las víctimas, guardar el deber de
condencialidad e informar de manera adecuada a la persona sobre el objeto y los
pasos del reconocimiento. A estas cuestiones éticas básicas debe añadirse una serie
de normas de actuación, entre las que se encuentran la identicación personal ante
la víctima, la sensibilidad durante el reconocimiento y toma de muestras, la ur-
gencia en la prestación del servicio, la permisividad hacia la presencia de acompa-
ñantes y otras buenas prácticas que serán debidamente abordadas a continuación.
1. IDENTIFICACIÓN DEL MÉDICO FORENSE ACTUANTE
La identicación del profesional encargado de la pericia es la primera cues-
tión, en orden cronológico, que debe plantearse. Además, es necesario que el/la
superviviente conozca el objeto de la pericia, y que todas las actuaciones a realizar
sean convenientemente explicadas por la persona responsable.
Albertin (8) describe que el desconocimiento de los roles de los profesiona-
les por parte de la víctima motiva una dicultad para relacionarse adecuadamente
con ellos, y es uno de los factores causantes de victimización secundaria. El propio
Código de Deontología Médica (9), en su artículo 10, expone que «Un elemento
esencial de la información es dar a conocer al paciente o a sus allegados la iden-
tidad del médico responsable de su proceso asistencial, así como la de aquel que
en cada momento le preste asistencia», y si bien cabe la controversia sobre el tipo
de acto médico que realiza un perito, por lo ajeno a la medicina asistencial, no cabe
ninguna duda de que las exploraciones realizadas encaminadas a la obtención de
un diagnóstico médico-legal sobre el tipo de lesiones que la víctima pudiera pre-
sentar y sobre su etiología, así como el carácter invasivo de este tipo de reconoci-
mientos, que son en todo caso médicos, obligan a adoptar esta norma ética incluida
en nuestro Código de Deontología (10).

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