Breves

El TG considera que la Comisión acertó al concluir que se había producido una ruptura negligente del precinto y al considerar que para la imposición de la multa no era necesario probar cómo se había roto o si las pruebas habían sido manipuladas después de su ruptura. En cuanto a la cuantía de la multa, el TG expresa que los € 38 millones son proporcionados en relación con el tamaño de E.ON y garantizan el efecto disuasorio que se pretende con este tipo de multas.

El 10.12.20, la Comisión Europea ha comunicado la incoación de procedimientos antimonopolio sobre supuestas prácticas anticompetitivas de varios fabricantes de cemento y de productos relacionados en Austria, Bélgica, la República Checa, Francia, Alemania, Italia, Luxemburgo, los Países Bajos, España, y el Reino Unido. La Comisión ha realizado inspecciones en 2 ocasiones: en las instalaciones de empresas de Alemania, Francia, Reino Unido, Bélgica, los Países Bajos, Italia y Luxemburgo y en otra ocasión en España.

El 3.12.10 la Comisión anunció la realización de inspecciones por sorpresa en la sede de diversas empresas farmacéuticas de varios Estados miembros. Las inspecciones se realizaron debido a las sospechas que existían de que las empresas implicadas podrían haber actuado de forma conjunta para retrasar el lanzamiento de un medicamento genérico.

El 30.11.10 la Comisión decidió abrir una investigación contra la compañía estadounidense GOOGLE por un posible abuso de posición de dominio en el mercado de las búsquedas por Internet. La apertura de esta investigación es el resultado de las quejas planteadas por varios proveedores de servicios de búsqueda por Internet que aseguran que el motor de búsqueda de GOOGLE rebaja en sus resultados de búsqueda gratuita la posición de los servicios especializados de los competidores, favoreciendo los suyos propios. Asimismo, la Comisión anunció que investigará las alegaciones de los denunciantes según las cuales GOOGLE degrada en sus resultados de búsqueda de pago el denominado “marcador de calidad” de los servicios de búsqueda de otros competidores. Este marcador es uno de los factores que determina el precio por la aparición de una publicidad en GOOGLE. Finalmente, la Comisión va a investigar si la empresa norteamericana impone cláusulas de exclusividad a sus socios publicitarios para que no puedan anunciar en sus páginas webs cierto tipo de anuncios de sus competidores y a vendedores de ordenadores y software para cerrar la competencia a...

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