Breve descripción de los Entes Locales en España

AutorJosé Manuel Canales Aliende - Pedro Luis Pérez Guerrero.
Cargo del AutorProfesores del Área de Ciencia Política y de la Administración de la Universidad de Alicante.
Páginas13-15

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2.1. El modelo de Gobierno Local español y la influencia administrativa napoleónica

El modelo local español es heredero de las influencias de la Revolución Francesa, plasmadas en las Cortes de Cádiz y en cierto modo, distorsionadas en las décadas centrales del siglo XIX. En opinión de VANDELLI7todos los países cuyo sistema administrativo es de influencia napoleónica (Francia, Italia, España, Portugal, Bélgic a, Holanda y Luxemburgo), presentan en el ámbito local unas características comunes que suelen repetirse con bastante regularidad:

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a) Extensión de los Municipios a la totalidad del territorio del Estado

El Municipio tiene un carácter necesario y es preciso extenderlo a todas las poblaciones. En España, el modelo constitucional gaditano va a aplicar esta figura a todas las poblaciones. Esta medida presenta elementos democratizadores, teniendo en cuenta las fórmulas de ocupación de los cargos municipales del Antiguo Régimen y el deseo de finalizar con el régimen señorial. Como efecto negativo se observa, a su vez, la gran fragmentación municipal resultante, sin capacidad financiera para acometer las mínimas funciones que se le encomiendan a los Municipios. (Piénsese en los 8.027 ayuntamientos de España, los 2.539 de Bélgica, o los 36.433 de Francia). Los Municipios españoles, pues, cuentan con poca población y pocos recursos. Esta situación genera, a su vez, problemas; incluso, para ofrecer los servicios mínimos obligatorios exigidos por la ley. Resulta muy difícil hacer real así el principio de subsidiariedad y los retos de una Administración Pública moderna ante unos niveles locales tan poco operativos. Tan sólo un 4,4 por ciento de los Municipios existentes en España cuentan hoy con más de 20.000 habitantes, y tan sólo un 15 por ciento con más de 5.000.

El problema antedicho ya se había observado en el propio siglo XIX, incluso en las Cortes de Cádiz ya se había producido algún debate acerca de este hecho. En la Ley Municipal de 1870 aparecen, por vez primera, las Asociaciones de Municipios como una fórmula voluntaria para paliar las graves carencias del sistema local. Las fusiones forzosas, aunque practicadas en algunos casos, siempre han generado gran...

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